“La aplicación de fitosanitarios realizada en zona rural de Gualeguay fue realizada conforme a la ley provincial”, señaló en un parte de prensa gubernamental de la Dirección General de Agricultura del Ministerio de la Producción provincial. La información se dio a conocer a partir de la noticia dada a conocer por ERA Verde en la que se narró que mujer domiciliada en el Sexto Distrito sufrió por la deriva de agrotóxicos de una aplicación en un campo vecino con una fórmula cuya receta la agrónoma a cargo se negó a brindar.
En los datos aportados por la dependencia que está cargo de la aplicación de la Ley de Plaguicidas Nº 6.599, se indicó que “que la aplicación realizada el pasado 16 de junio sobre un inmueble situado en zona rural del departamento Gualeguay, fue realizada conforme lo establece la Ley”. En este orden, dio a conocer precisiones “respecto de la aplicación de productos fitosanitarios que tuvo lugar en fecha 16 de Junio de 2021 sobre un inmueble situado en zona rural de la localidad del Sexto Distrito del Departamento Gualeguay, que respaldan la buena actuación de los actores involucrados, conforme lo estable la ley provincial”, se indicó.
Como se recordará, y tal como confirmó ERA Verde, la pulverización fue efectuada en la tarde de la fecha indicada en un campo que pertenece a Alejandro Berllingeri, un hacendado que vive en Buenos Aires, y arrienda para la siembra a Carlos Flores. El hecho suscitó controversia porque la ingeniera agrónoma María Luciana del Sarto, matrícula Nº 1.434, avisó de la fumigación esa misma mañana a Lidia Moreira, vecina al lote tratado. Le informó de la práctica bajo su tutela pero se negó a dar su identidad y entregar la fórmula con la composición del pesticida que usaría ya que según dijo no le correspondía según la normativa y su accionar estaba avalado por el Colegio de la Agronomía de Entre Ríos. Del Sarto dijo que había dejado la fórmula en la comisaría de Sexo Distrito, pero cuando la médica que atendió a Moreira por la intoxicación que sufrió por la deriva de los agroquímicos, en la dependencia policial le dijeron que estaba perdida. Traslada al lugar, la galena obtuvo precisiones sobre el cóctel de venenos usados: ácido y glifosato,
En la respuesta oficial, desde la Dirección de Agricultura se indicó: “La pulverizadora autopropulsada con la cual se llevó adelante el tratamiento, modelo MAP 3 3.300 – BT 2.625 PS, se encuentra inscripto en el Registro de Expendedores y Aplicadores de Plaguicidas y con la debida Habilitación Anual 2021, razón por la cual, hasta fecha 31 de Marzo de 2.022 está en condiciones de ejercer sus tareas como aplicador terrestre de productos fitosanitarios en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos. De esta forma se cumplimenta con los Artículos 7º y 9º inciso d-) del Decreto Reglamentario Nº 279/03 S.E.P.G. Dicha maquinaria es asesorada técnicamente por una profesional –ingeniera agrónoma matriculada– y con el curso anual para regentes aprobado, cumplimentando de esta forma el Artículo 3º de la Ley de Plaguicidas Nº 6.599”.
Sobre la fumigación señaló: “El tratamiento fue respaldado técnicamente a través de la Receta Agronómica de Aplicación B-00056214, prescripta por la profesional en fecha 31 de Mayo de 2.021 siendo necesario destacar la vigencia de dicho ejemplar, puesto que encuentra dentro del período de sesenta (60) días contabilizados a partir de su fecha de confección. De esta forma se cumplimenta con los Artículos 14º y 17º del Decreto Reglamentario Nº 279/03 S.E.P.G. La aplicación realizada sobre los lotes Bellingeri y Felling -de acuerdo al análisis de la información georreferenciada-, se encuentran a setenta y cuatro (74) metros de la vivienda de la vecina denunciante, razón que determina el cumplimiento de la distancia de resguardo de cincuenta (50) metros para tratamientos terrestres cuando en las inmediaciones de los lotes a tratar exista la presencia de caseríos”.
De acuerdo a lo afirmado oficialmente, la mencionada pulverización “contó con el aviso fehaciente con copia de la Receta Agronómica de Aplicación a la Autoridad Competente con cuarenta y ocho (48) horas de antelación a su inicio, y de acuerdo a lo enunciado por la Ingeniera Agrónoma contó con su presencia con el objetivo de monitorear su normal desarrollo. De esta forma se cumplimenta con los Artículos 2º y 3º de la Resolución Nº 47/04 S.A.A.yR.N”.
Se agregó que: “Esta máquina contaba con el dispositivo de monitoreo satelital detallando cuáles eran las condiciones meteorológicas que se dieron al momento de la aplicación” y que “por todo lo anteriormente expuesto, desde la Dirección General de Agricultura de la provincia, se deja aclarado que las acciones llevadas adelante por la profesional asistente y supervisora de la mencionada aplicación, fueron realizadas conforme lo establece la Ley”.
De la Redacción de ERA Verde