En una sentencia de la jueza Fabiola Bogado Ibarra se estableció reducir a la mitad el cupo de exportación de sábalo vigente para la jurisdicción provincial en el río Paraná por el término de 120 días. La medida se tomó a instancia de una demanda presentada por la Federación Entrerriana de Clubes de Pesca y Lanzamiento. La ONG solicitó un amparo ambiental contra el Gobierno de Entre Ríos para restringir la extracción ictícola que permita paliar el peligro de subsistencia del recurso frente al extractivismo acentuado por la bajante extraordinaria de las aguas.
Atendiendo especialmente la situación crítica del sábalo, una especie fundamental el ecosistema fluvial, la titular de la Cámara III de Apelaciones del Trabajo Sala I de Entre Ríos, resolvió ordenar al Gobierno de Entre Ríos que en siete días establezca un nuevo “cupo de extracción o volumen de captura y de acopio reducido en la misma proporción en que se redujo el cupo de exportación (es decir del 50% según el último anuncio del Comisión de Pesca Continental del Consejo Federal Agropecuario); que regirá a partir de la fecha y por el término de 120 (ciento veinte) días corridos”, se indicó en la resolución conocida este martes. El límite establecido en mayo pasado por las autoridades federales ascendía a 11.250 toneladas permitidas para lo que resta del año que de este modo deberían reducir a la mitad..
La jueza Bogado Ibarra decidió también “disponer la prohibición de la pesca comercial y deportiva en aguas del río Paraná de jurisdicción provincial y de acopio de productos de pesca” los martes, de viernes a domingo, feriados nacionales y provinciales por el término de 120 días corridos también. Ordenó también que el Ejecutivo “convoque a las autoridades pertinentes de la Provincia de Santa Fe a una mesa de diálogo en el plazo de 7 (siete) días hábiles a fin de evaluar la situación imperante y analizar la posibilidad de acordar medidas de protección efectivas que garanticen la recuperación y uso sustentable del recurso ictícola”.
Del mismo modo, se mandó “incrementar e intensificar los controles ya existentes, principalmente en lo que hace al cumplimiento de las medidas que por la presente se disponen como así también a las ya vigentes, debiendo para ello recurrir al auxilio y colaboración de las fuerzas policiales, guardas pesca honorarios, inspectores municipales y Prefectura Naval Argentina”. Y por último, se instó a que el Gobierno provincial “adopte toda otra medida que estime pertinente y eficiente para contrarrestar el efecto negativo que tiene la crisis hídrica sobre el recurso ictícola y lograr una exitosa recuperación del mismo”.
Planteo
La resolución judicial llega a ser admitida parcialmente luego de distintas instancias de mediación donde el Gobierno provincial se negó a acercar posiciones a un punto intermedio de la prohibición total por 180 días inicialmente pedida (que luego bajó a 90) para la extracción comercial y deportiva que peticionó la Federación Entrerriana de Clubes de Pesca. A esto, la jueza sostuvo que “la veda total y automática” resultaba “una medida extrema e innecesaria frente a la situación actual del recurso ictícola”. No obstante, aclaró la magistrada, expuesto el panorama donde se “advierte de la existencia de un peligro real de conservación del recurso ictícola, que si bien no es de la magnitud que invoca la reclamante, hace sí imperioso el dictado de medidas para reducir la presión pesquera a fin de garantizar, en la medida de lo posible, la subsistencia y recuperación del mismo contrarrestando el efecto negativo de la crisis hídrica y de esta manera evitar que en un futuro no muy lejano se produzca una escasez de la fauna ictícola, fuente de trabajo y de alimento de numerosas familias entrerrianas”, argumentó.
La camarista repasó que “el Gobierno Provincial no se ha mantenido indiferente ni inerte a esta situación extraordinaria y que tomó medidas a fin de salvaguardar el recurso ictícola, pero que desde ya anticipo resultan insuficientes para dicha finalidad”, reconoció. Frente a la propuesta oficial de limitar la pesca sólo los fines de semana, consideró que “frente a la coyuntura” estas iniciativas “resultan harto insuficientes para dar una respuesta efectiva a la problemática, principalmente a fin de lograr la recuperación de la fauna ictícola y su sustentabilidad”.
Para esto, “es necesario que el Estado Provincial, en su deber de garantizar los principios de prevención, precautorio y sustentabilidad y de asegurar la preservación, recuperación, mejoramiento de los ecosistemas y sus corredores biológicos y la conservación de la diversidad biológica (artículo 83º de la Constitución Provincial) además de extremar las medidas de control (monitoreo y fiscalización), actúe preventiva y positivamente fijando reglas claras, límites claros de acatamiento obligatorio toda vez que dejar librado al mero voluntarismo o la buena predisposición de los actores el uso responsable de este recurso y a la interpretación que de este concepto hagan los mismos, es palmariamente infructuoso”, acotó.
Especies en peligro
La jueza atendió fundamentalmente para tomar postura la necesidad urgente de “reducir la presión pesquera” que se traduce en que una limitación del nivel de captura o extracción está en “sintonía con la reducción del cupo de exportación dispuesta”. La magistrada observó que resulta lógico “que la concentración de peces ante la bajante del río facilita su extracción en abundancia, lo que ante la situación en la que se encuentra el recurso ya relatada, juega en un claro detrimento del mismo y conspira gravemente en contra de su sustentabilidad”, afirmó.
“Ahora bien, la presente reducción auspiciada se tornaría estéril en la medida que no se proyecte a la actividad comercial en gran escala vinculada al recurso en crisis. Ello es así ya que si estos límites o restricciones no se trasladan a la misma se desnaturaliza y torna ilusoria la finalidad y el propósito que hacen a su dictado. De allí entonces que resulta imperioso que la reducción en la extracción se imponga también, a partir de la fecha y por el término de 120 (ciento veinte) días a los nuevos topes de acopio que deberán ser establecidos por la autoridad de aplicación, en las proporciones antes expresadas”, especificó Bogado Ibarra.
La jueza también tuvo en consideración el descargo realizado por parte del Gobierno provincial que llevó adelante el fiscal Adjunto de la Fiscalía de Estado de Entre Ríos, Sebastián M. Trinadori, quien en la presentación informa sobre las acciones gubernamentales de monitoreo, control y fiscalización, pero también “admite que el sábalo (Prochilodus lineatus) es una especie clave del sistema y que las situaciones descriptas se transforman en desfavorables para el mismo, pero que en amplios sectores del delta entrerriano la veda se está produciendo naturalmente al tornarse inaccesibles para la pesca en cualquiera de sus formas”.
La situación del sábalo aparece como central en la sentencia. Al describir el estado del recurso ictícola Trinadori “asume que la abundancia de las cohortes de juveniles presentes disminuyó y que podría suponerse, en virtud de las razones que explicita, que la cohorte 2019-2020 habría fracasado, lo que motivó que se resolviera disminuir el 50 % del cupo de exportación asignado de manera mensual”.
En conclusión a estas admisiones, la camarista da por admitida la denuncia en cuanto se admite la “existencia de un daño irreversible en el recurso ictícola debido a la situación hídrica actual. “En suma, no caben dudas que estamos ante una situación de bajante de los niveles hidrométricos de la cuenca del Paraná sostenida y que se ha profundizado y agudizado en los últimos meses, no siendo posible pronosticar una exitosa recuperación en los meses venideros. Esta situación afecta -negativamente- a la biodiversidad acuática que habita estas aguas, compuesta por la ictiofauna, que es la que interesa al subcase”. En este punto, la jueza apuntó que resultó relevante para el análisis de situación el informe técnico Nº 54 del Proyecto de Evaluación Biológica y Pesquera de Especies de Interés Deportivo y Comercial en el Río Paraná (EBIPES) que observar algunos parámetros donde se muestran que las comunidades de peces están evidenciando el impacto de la situación de bajante extraordinaria. “En la última campaña no se detectaron ejemplares de sábalo de tallas compatibles con una eventual cohorte nacida en la temporada reproductiva 2019-2020 (en la que ya había comenzado la bajante extraordinaria). Esto sugiere que esta temporada reproductiva ha fracasado”, cita la sentencia ante la preocupación de la supervivencia de la especie y con ella la del ecosistema acuático.
De la Redacción de ERA Verde