En el marco del amparo colectivo interpuesto por familias, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) y la Fundación Cauce para frenar la distribución de productos con exceso de azúcares, sodio y grasas en las meriendas escolares, el juez Juan Malvasio convocó a todas las personas que puedan tener un interés directo en este proceso. Lo hizo en una resolución conocida este 8 de agosto, luego que diera lugar a una cautelar que frenó la distribución de productos alimenticios que había sido contratado por la Provincia con la empresa Texnofood. De este modo, el magistrado mandó al Gobierno de Entre Ríos a abstenerse de implementar el sistema hasta que resuelva el pedido de fondo, es decir la objeción a que estos alimentos que produce la firma que ganó la concesión cuentan con sellos de octógonos negros que advierten que no se encuentran dentro de los parámetros de una alimentación saludable. Como se adelantó, el Ejecutivo apeló la decisión que, finalmente, deberá resolver el Superior Tribunal de Justicia (STJ).
En el amparo colectivo tramitado en el Legajo Nº 36.759, caratulado “Varios Padres en representación de sus hijos, Asoc. Gremial Agmer y Fundación Cauce c/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/ Acción de Amparo”, el vocal de Juicio y Apelaciones Nº 9 de Paraná, Juan Francisco Malvasio, dispuso la publicación de una convocatoria dirigida a las personas que puedan considerarse afectadas o tener un interés directo en un proceso de amparo colectivo relacionado con el programa alimentario escolar.
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La resolución judicial firmada este 8 de agosto, establece que la convocatoria se realizará durante dos días a través del Servicio de Información y Comunicación (SIC) del Poder Judicial. Así, las personas que se consideren alcanzadas podrán comparecer en el expediente para hacer valer sus derechos o manifestar su voluntad de autoexclusión. El plazo establecido es de siete días, contados desde la última publicación.
En el escrito que realiza el pedido Malvasio, apuntó que “el objeto del proceso es la tutela del derecho de niños, niñas y adolescentes que concurren a establecimientos educativos públicos provinciales y reciben el programa alimentario escolar. En particular, se plantea la protección de su derecho a no recibir alimentos que resulten aptos para causar un perjuicio a su salud, en relación con los productos industrializados señalados y las previsiones de las Leyes Nº 25.724 (Programa Nacional de Nutrición y Alimentación) y Nº 27.642 (Ley de Etiquetado Frontal, de Los Octógonos Negros)”, .
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La resolución también identifica como causa fáctica común la implementación provincial de un nuevo sistema uniforme de desayunos y meriendas, mediante productos predeterminados destinados a los niños, niñas y adolescentes incluidos en el programa.
De la Redacción de ERA Verde
