La Dirección de Recursos Naturales y Fiscalización provincial fijó el tope para la extracción de pescados en el río Paraná para el período de julio, agosto y septiembre. Fijó como tope 650 toneladas, el mismo volumen establecido para el trimestre pasado. También se mantienen las restricciones para la captura y acopio los fines de semana y feriados.

 

A través de la resolución Nº 290/26, Recursos Naturales de Entre Ríos resolvió renovar el cupo de extracción de pescado de río en la jurisdicción provincial del río Paraná, para los meses de julio, agosto y septiembre del año 2026. En la normativa se estableció repetir los parámetros y modalidades vigentes para los meses de enero, febrero y marzo, señala la regulación a la que accedió ERA Verde.

Entre las disposiciones se estableció que la prohibición de la pesca comercial y acopio de productos rija entre las cero horas del sábado hasta la cero del lunes, extendiéndose feriados nacionales y provinciales. En cuanto al tope, se fijó un volumen total de extracción y/o acopio para el trimestre en curso en 650 toneladas para la especie de sábalo y denominado pescado de línea o especie acompañante según terminología del Proyecto Nacional de Evaluación Biológica y Pesquera de Especies de Interés Deportivo y Comercial (Ebipes).

De acuerdo a la recomendación del Área Técnica de Recursos Naturales, se planteó “conservar las artes de pesca identificadas como redes de malla simple con abertura mínima de 14,5 cm entre nudos opuestos, como medida reglamentaria habilitada para la actividad pesquera artesanal y/o con fines comerciales. Esta sugerencia garantiza la selectividad del arte de pesca, lo cual favorece la captura de ejemplares de talla adecuada, garantiza la viabilidad reproductiva y el equilibrio poblacional de las especies ícticas”, se apuntó en el escrito firmado por el responsable, Mario Francisco Zarate.

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También se definió como parámetros operativos continuar para la pesca deportiva con el “régimen de capturas reglamentadas, debiendo garantizar la liberación inmediata de los ejemplares capturados conforme a las disposiciones normativas vigentes, en resguardo de la sustentabilidad poblacional. Asimismo, se establece la obligación de respetar las cantidades de captura autorizadas para las especies ícticas determinadas en la legislación actual, habilitándose el consumo social in situ bajo los parámetros legales correspondientes”.

 

 

De la Redacción de ERA Verde