El juez de Feria, Hugo González Elias, ordenó al Estado provincial suspender toda tramitación administrativa que tenga por finalidad obtener una autorización de emprendimientos de canteras y/o plantas de lavado de arenas silíceas en el Delta entrerriano. De este modo hizo lugar a la medida de prohibición de innovar solicitada por la Fundación Cauce, que intervino a partir que ERA Verde informara sobre las audiencias públicas programadas para la instalación de dos nuevas plantas de extracción y lavado de arenas silíceas en el distrito entrerriano de Ceibas por parte de la empresa Orosmayo SA.

 

A partir de una información que dio a conocer ERA Verde, en la cual se daba cuenta de una nueva audiencia pública para la instalación de dos nuevas plantas de extracción y lavado de arenas silíceas en el distrito entrerriano de Ceibas, la Fundación Cauce solicitó una medida para que la Provincia se abstenga de habilitar nuevas canteras en la zona. La entidad ambiental señala que de producirse su aprobación se estaría “vulnerando de manera flagrante los principios de prevención y precaución”, atento se encuentra vigente un fallo del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que ordena “realizar un Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo –con amplia participación ciudadana–, con el objeto de precisar los efectos que tiene sobre el ambiente la actividad de extracción de arenas silíceas”, se indicó desde la ONG.

Piden cautelar para que no se instalen nuevas mineras de arenas silíceas

La medida cautelar fue dispuesta ayer, en el marco del legajo “Fundación Cauce: Cultura Ambiental-Causa Ecologista y otro c/Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y otros s/ Acción de amparo (ambiental)”. Su alcance también incluye a la Municipalidad de Ibicuy, que tampoco podrá extender certificados de aptitud ambiental que autoricen el funcionamiento de más canteras, se indicó oficialmente.

 

Como se recordará, la controversia se generó ante un pedido de habilitación formulado por la empresa minera Orosmayo SA, tal como dio cuenta ERA Verde. Es así que Cauce como parte actora señaló que la tramitación denunciada viola las sentencias de amparo y de ejecución dispuestas por la jueza actuante en la causa –y que fueran confirmadas por el Superior Tribunal de Justicia–, disponiendo así la suspensión nuevos permisos hasta tanto se obtengan los resultados del Estudio de Impacto Ambiental. En el trámite, Estado pretendió el rechazo del planteo al advertir que la habilitación proyectada se encuentra fuera del ámbito físico de la sentencia emitida, lo cual no fue admitido en el expediente.

 

En este orden, El juez Gonzalez Elias consideró irrelevante la ubicación del proyectado emprendimiento por entender que, conforme lo establece la Constitución de Entre Ríos, es obligación del Estado provincial garantizar un ambiente sano y equilibrado. Y recordó que el Estado “debería ser el primero que aguarde los trascendentales resultados del Estudio de Impacto Ambiental en ciernes para lograr, ni más ni menos, el objetivo referido: el desarrollo económico sustentable cuidando los preciados recursos naturales existentes a lo largo y a lo ancho de nuestra provincia”.

 

Respecto de la admisibilidad del planteo, el magistrado señaló que “al advertirse la manifiesta presencia de verosimilitud en el derecho invocado y el peligro en la demora de no concretarse prontamente lo que aquí se ordena, corresponde hacer lugar a la medida de no innovar disponiendo que el Estado provincial cumpla con la medida judicial dispuesta en esta causa, aclarando que ella comprende como ‘zona afectada’ al Delta entrerriano y no limitando los efectos exclusivamente al Departamento Islas del Ibicuy por las razones dadas”.

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De la Redacción de ERA Verde