En la sesión llevada adelante este miércoles, el Ejecutivo provincial presentó formalmente un proyecto de Ley que tiene por objeto “establecer un régimen para el uso sustentable de bienes inmuebles integrantes del dominio público provincial, ubicados en zona de islas y humedales de la Provincia de Entre Ríos y del dominio privado que no tengan afectación específica”, se indica en su primer artículo.
En un momento de pleno crecimiento en la atención pública de problemática por los incendios en la zona de islas de Victoria, el Ejecutivo de Entre Ríos ingresó en la Cámara Alta de una iniciativa legislativa para para regular “el uso sustentable de bienes del Estado de dominio público y privado” en zona de humedales. La propuesta impulsada por la vicegobernadora, Laura Stratta fue anunciada el lunes junto con un conjunto de medidas de la Provincia para abordar la problemática desatada por las quemas en el Delta.
Con el número de expediente Nº 13.649, el borrador pasó a ser analizado a las comisiones de Legislación General y de Producción. Entre otros puntos, se destaca que será el Ministerio de Producción la autoridad de aplicación de la norma y que “todas las actividades que se realicen sobre los inmuebles contemplados en esta ley quedarán sujetas a la evaluación de impacto ambiental que establezca la Secretaria de Ambiente de la Provincia de Entre Ríos” (artículo nº 3).
Por otra parte se establecer “otorgar permisos de uso onerosos a favor de particulares para el desarrollo de actividades productivas sustentables sobre las inmuebles contemplados” en el régimen, y que se darán “mediante procedimiento público”. En este orden se contempla la posibilidad de ceder “uso gratuitos a favor de pobladores o residentes habituales de islas y anegadizos”.
La legislación prevé también un fondo específico conformado con los recursos que ingresen “en concepto de permisos de uso oneroso”, que serán destinados para “obras de infraestructura en educación y salud pública en zona de islas y anegadizos de la Provincia”, así como los gastos que demande la aplicación de la ley.
Un punto importante es sobre qué pasará con los actuales contratos de comodato a particulares de tierras fiscales. En este sentido, el artículo nº 8 prevé “a partir de la promulgación de la presente ley queda sin efecto todo convenio oneroso otorgado a favor de particulares por el Estado provincial sobre inmuebles contemplados en esta ley”.
El Ejecutivo Provincial, por último, reglamentará la legislación luego de lo 60 días de su promulgación.
De la Redacción de ERA Verde