El titular del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9 de Paraná, Ángel Luis Moia, resolvió este miércoles no hacer lugar a la acción de amparo ambiental interpuesta por la Fundación Cauce: Cultura Ambiental – Causa Ecologista  contra la Municipalidad de Paraná. Ante las anunciadas obras de sistematización de este curso de agua, la entidad ambiental demandó por la falta de estudios de impacto ambiental acumulativo sobre la cuenca hidrográfica, así como reclamó que no se habían cumplido las instancias de información pública con participación ciudadana. El magistrado señalo que el proyecto contaba con “los antecedentes legalmente exigidos para considerar su aptitud ambiental”, aunque en el proceso no se pudieron incluir los estudios solicitados a la Universidad Nacional del Litoral (UNL) y la Universidad Autónoma de Entre Ríos (Uader).

 

El juez Civil y Comercial Ángel Moia, resolvió “no hacer lugar a la acción de amparo interpuesta por la Fundación Cauce: Cultura Ambiental – Causa Ecologista contra la Municipalidad de Paraná”, se lee en la resolución firmada hoy a la que accedió ERA Verde.

 

La causa judicial se inició luego que el 27 de mayo pasado el intendente Adán Bahl firmara el contrato para comenzar la obra denominada de “sistematización, saneamiento e integración del arroyo Las Viejas”. Estos trabajos, se publicitó en su momento, servirían para recuperar la playa de Thompson, a partir del saneamiento del curso de agua al que se le construirá una gran canaleta de hormigón por donde conducir las aguas desde su nacimiento en la confluencia de los arroyos Colorado y Culantrillo, en zona de avenida Uranga, hasta su desembocadura en el río Paraná. La obra tiene un presupuesto de $1.029 millones, financiado por Nación y Provincia.

 

Pero Cauce llevó la cuestión a los tribunales el 24 de junio a partir de cuestionar una serie de aspectos técnicos y parámetros que no se contemplan: “1) las variables medidas para el presente proyecto son insuficientes; 2) carece totalmente de sus estimaciones en cuanto a índice de biodiversidad; 3) no hay uso de índices o indicadores biológicos para evaluar la calidad ambiental de la Cuenca; 4) se hace una mera referencia a la detección de efluentes provenientes de una papelera en la ruta de acceso al Túnel Subfluvial (llamándolos ‘efluentes papelera’), pero no se menciona resultado de análisis de las aguas que hayan permitido detectar el nivel de contaminación que está provocando; 5) prevé su incorporación pero justificación cuantitativa de su elección y su futura eficacia; 6) las medidas de mitigación de los RSU (residuos sólidos urbanos) que propone el proyecto carecen del soporte cuantitativo que permita evaluar y predecir su efectividad (El arroyo Las Viejas transporta masivas cantidades de residuos plásticos hacia el cauce principal del río Paraná y esto no ha sido siquiera analizado en el proyecto, sólo estimado)”.

Secan un humedal por las obra del arroyo Las Viejas

La controversia avanzó y el juez Moia admitió que el amparo sea tenido como una instancia de proceso colectivo, tras lo cual lo abrió a la participación de otros actores ciudadanos. Tras idas y vueltas, también se estableció un período de pruebas donde finalmente no pudieron aportarse los estudios académicos propuestos por las partes.

 

Es así que hoy finalmente Moia rechazó el pedido en sintonía con lo dictaminado por los Ministerios de la Defensa y Fiscal, se indicó oficialmente. La decisión se fundó “en la falta de acreditación de los extremos exigidos por la Ley de amparo para tener por justificada la existencia de un daño ambiental irreversible”, se agregó.

 

El magistrado entendió, que la obra cuestionada de sistematización, saneamiento e integración urbana del arroyo Las Viejas, “cuenta con los antecedentes legalmente exigidos para considerar su aptitud ambiental. De ahí que, dentro de los estrechos márgenes del proceso de amparo como acción rápida y expedita,  no resulta posible admitir la pretensión de suspensión y rediseño del proyecto de la misma”.

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De la Redacción de ERA Verde