El titular del Juzgado Federal de Gualeguaychú, Hernán Viri, resolvió este 6 de mayo prohibir por 45 días las empresas areneras que operan en Entre Ríos sin Certificado de Aptitud Ambiental. La decisión la tomó a partir de un amparo ambiental promovido por un particular para evitar que esta actividad contamine tierra y cursos de aguas afluentes de los ríos Paraná y Uruguay. Asimismo, el magistrado tomó en cuenta lo acordado en una conciliación con las autoridades del Gobierno provincial. El fiscal de Estado admitió que se pactó regularizar en el plazo impuesto la situación de 9 canteras de 14 que debieron cesar su actividad por no tener las autorizaciones en regla.

 

El jue Viri resolvió ordenar el cierre de las empresas dedicadas a la extracción de arena silíceas como respuesta a una acción de amparo ambiental contra la provincia de Entre Ríos presentada por el productor agropecuario Carlos Humberto Cadoppi, quien fue patrocinado legalmente por Ricardo José Luciano. La medida se tomó ante la demanda de “evitar que se agrave el impacto ambiental producto de la extracción de arena en el cauce de los ríos y tierra por la explotación llevada a cabo por las empresas areneras   con el  consiguiente cambio de curso de  arroyos y ríos e inundaciones de campos, lo que modifica palmariamente todo el ecosistema”, se lee en el escrito federal que dio a conocer ERA Verde.

 

Es así que el gobierno provincial, por intermedio de la Secretaría de Ambiente dispuso el cese de actividades de canteras ubicadas en los departamentos Islas del Ibicuy y Gualeguaychú y que obtienen el material usado para la extracción de combustible no convencional por el sistema fracking en la cuenca neuquina de Vaca Muerta.

 

Para expedirse al respecto, Viri tomó en cuenta los acuerdos arribados en una audiencia de conciliación desarrollada el 29 de abril, donde se aceptó la propuesta de las autoridades provinciales para prohibir en un plazo de 45 días a las empresas que no tengan el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) otorgado por la Secretaría de Ambiente de la provincia. En este lapso, se deberían regularizar.

 

Desde la repartición dependiente del Ministerio de Producción, Turismo y Desarrollo Económico, se informó que un total de 9 canteras y 4 plantas de lavado de arenas silíceas ya tenían finalizado el plazo de habilitación para la explotación de este tipo de áridos. Asimismo que a estas firmas que ya venían desplegaban su actividad en la zona sur de la provincia, se las había intimado “en tiempo y forma para cumplimentar las exigencias que establecen las normativas para este tipo de producciones extractivas”. Es así que por la medida judicial, la Secretaría de Ambiente ejecutó “el cese preventivo de sus actividades hasta tanto cumplimente los informes técnicos que exige este tipo de explotaciones”.

 

“De las 14 areneras radicadas en las zonas, a 9 se les dispuso el cese de actividades. De estas nueve, tres poseen informe técnicos favorables y se encuentran en proceso administrativo de certificación –dos para renovación y una en la etapa de participación ciudadana–”, se precisó oficialmente.

 

INTENSA ACTIVIDAD MINERA

 

“Desde el gobierno provincial y su organismo de aplicación de trabaja diariamente para que las empresas que tienen actuación en este sector, cumplan con las normativas que regulan las acciones susceptibles de provocar degradación del ambiente o impactar negativamente sobre el medio natural o antrópico”, se indicó en un parte de prensa gubernamental.

 

En declaraciones oficiales, el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, comentó que Entre Ríos “se ha convertido en proveedora de arena para las producciones petrolíferas de Vaca Muerta, y que en estos últimos años se ha ido intensificando, producto de que la arena en vez importarse se está obteniendo arena de origen nacional, entre las cuales las de Entre Ríos son aptas. Esto dio pie a una intensificación de la actividad minera en cuanto arenas se refiere».

 

El fiscal detalló que “las areneras y todas las canteras, necesitan dos tipos de habilitación. Por un lado, la de la Secretaría de Minería como establecimiento minero, habilitado para la extracción de arena; pero, además, se necesitan Certificados de Aptitud Ambiental del trabajo a realizar, que otorga a Secretaría de Ambiente”.

 

En ese marco, Rodríguez Signes se refirió al amparo presentado por el abogado Ricardo José Luciano en representación de Carlos Humberto Cadoppi, y narró: “el juez Federal de Gualeguaychú nos citó a una audiencia de conciliación previa a dictar una medida cautelar, en la cual participó junto al ministro de Producción, Juan José Bahillo”. Es así que en esta audiencia desde la provincia propuso, “y el juez resolvió favorablemente, un plazo para revisar todas las autorizaciones que tienen las areneras para sus actividades». Y agregó: “Lo que se pactó fue un plazo en el cual se regularizara la situación”.

 

Rodríguez Signes mencionó que «ya había otro amparo similar contra la provincia de Entre Ríos (en referencia a una demanda para que la Provincia controle a las areneras), pero tramitó en el ámbito del Poder Judicial provincial. En este caso el que se interesó fue el Juez Federal, porque el tema ambiente trasciende la competencia provincial exclusivamente y es un tema en el que ejercen competencias concurrentes las provincias, la Nación, los municipios”, explicó.

 

“El objetivo es regularizar el cumplimiento de la Ley de Minería y de la Ley Nacional de Ambiente”, afirmó. “Fue una audiencia en el marco de ese proceso y el juez dispuso como medida cautelar, receptó esta propuesta nuestra de establecer un plazo para que todos los que están en esta actividad regularicen su situación, en un plazo de 45 días”.

 

Finalmente, indicó que «hay muchos juicios ambientales de distintas organizaciones», pero este “es el primero en el que se hace una audiencia de conciliación convocada por el Juez Federal en Gualeguaychú y es la que concurre el ministro y propone un plan de regularización”, destacó.

 

 

De la Redacción de ERA Verde