La Justicia de Entre Ríos notificó a la minera Cristamine SA por un amparo ambiental interpuesto por la Fundación Cauce, con el fin que restituya el curso natural del arroyo El Salto, en el departamento Diamante. La cédula oficial ya fue entregada en las oficinas que la firma posee en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, confirmaron fuentes tribunalicias a ERA Verde. Se apunta que la empresa efectuó un terraplén para poder extraer arena y brosa directamente del lecho del arroyo y que lo viene dañando desde el año 1976. También se solicitó a la Provincia que intervenga con las dependencias correspondientes para el estudio y control de estas aguas, así como se lleven adelante instancias de participación ciudadana para las instancias de autorización de las operaciones en el lugar. El proceso judicial se abrió a los interesados en participar.
Fundación Cauce interpuso un amparo contra el Gobierno de la provincia de Entre Ríos y la minera Cristamine SA con el objeto de que se restituya el arroyo El Salto a su cauce original y se realicen las tareas necesarias para garantizar su libre fluir, informó la entidad socio ambiental. Ahora se espera que la empresa responda a la requisitoria que ya fue girada en estos días.
En el expediente intervino vocal de la Cámara Segunda Civil y Comercial, Edgardo Martín Nicolás Cossy, quien resolvió dar curso al trámite del amparo ambiental presentado desde la ONG. El objeto, según la información brindada a ERA Verde, es que la empresa minera restituya el arroyo El Salto, en jurisdicción de Colonia Ensayo, a su cauce original y demuela el terraplén construido, realizando las correspondientes tareas de remediación necesarias para el libre fluir del curso de agua. Además, solicitaron que la Provincia disponga de los medios y artefactos necesarios a tal fin.
PEDIDO
Desde Cauce se explicó que solicitaron a la Justicia que “ordene a la empresa Cristamine a abstenerse de realizar alguna futura intervención en el arroyo El Salto a menos que sea realmente estudiada técnica y científicamente y evaluada por las autoridades pertinentes (Secretaría de Ambiente de Entre Ríos, Hidráulica y el Consejo Regulador del Uso de Fuentes de Agua –Corufa–). Esto como mandato de abstención para prevenir futuros y mayores daños en el arroyo El Salto, que lo ha desviado antes, incluso, de 1976”, refirió.
También requirió que la Secretaría de Ambiente “otorgue la debida participación ciudadana en el proceso de evaluación de impacto ambiental previo a la emisión del certificado de aptitud ambiental que estaría próximo a otorgar a la empresa Cristamine SA, fundamentalmente, respecto de la parcela 24.856, que fuera incluida en el trámite de referencia sin haber tenido una primera autorización para explotación. En este sentido, se solicitó que se ordene a Cristamine SA medidas compensatorias por las alteraciones relevantes realizadas en esa parcela, que ha sido explotada desde el 2023”, plantearon.
DESVÍO HISTÓRICO
Para argumentar el pedido, Cauce expuso que la empresa minera “ha dañado el arroyo El Salto desde 1976 a la fecha, desviando su curso en dos oportunidades con fines netamente comerciales para la extracción de arenas, de manera ilegal y sin estudios técnicos previos”. También indicó que la firma aduce haber “reencauzado el arroyo a su cauce original, hecho que contrasta con la realidad dado que la misma ha construido un terraplén que impide el libre fluir del arroyo para circular de una parcela de su explotación hacia la otra”.
Según explica el escrito presentado desde la organización, Cristamine SA “ha comenzado tareas de explotación de la parcela 24.856, ubicada al norte del arroyo El Salto, en jurisdicción de Colonia Ensayo, sin autorización previa de la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos; es decir, sin haber obtenido el Certificado de Aptitud Ambiental, desconociendo un informe técnico 008/23 que indicaba la no factibilidad de la explotación en ese lugar. Asimismo, argumenta que el gobierno de la Provincia ha omitido gravemente su misión de proveer a la protección del derecho al ambiente sano y la preservación de los recursos naturales existentes en su territorio, según mandato constitucional”.
En la presentación que fue dada a conocer a través de un parte de prensa, Cauce señala que Ambiente y la Dirección de Hidráulica omitieron “ejercer su función de policía y sancionadora a la empresa cuando constataron la ilegalidad de su accionar y no han cumplido con el deber de contralor en relación al accionar indicado a la Empresa: reencauzar el arroyo El Salto”, se fustigó desde la ONG.
La entidad cargó contra la cartera de Ambiente por haber “intentado con un manejo inadecuado del expediente administrativo incumplir la normativa que rige la evaluación de impacto ambiental, avalando mediante dictamen jurídico la emisión por parte de la Superioridad de un certificado de evaluación de impacto ambiental de toda la explotación, incluyendo allí a la parcela 24.856 que no ha sido estudiada debidamente y para la cual no se ha realizado el proceso de participación ciudadana previa. Esto, en el marco del pedido de renovación de certificado de aptitud ambiental que realizara la Empresa Cristamine SA durante este año”, se agrega en el escrito de presentación.
Es así que el vocal Cossy, dispuso que el proceso se inscriba en “el registro de procesos colectivos”, cuyo reglamento de actuación se establece en el Anexo II, punto 5, se detalló, Además, en Registro de Amigos del Tribunal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, “para su debida registración y comunicación”. También dispuso la notificación de las personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio, quienes podrán presentarse por el plazo de siete días corridos.
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De la Redacción de ERA Verde