La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata “mantiene la suspensión del proyecto de exploración y explotación petrolera off shore en el Mar Argentino”, sintetizó sobre la reciente novedad la Asociación de Abogados/as Ambientalistas Argentinos (AAAA). Las medida tomada por el tribunal bonaerense se tomó a instancia de la cautelar impuesta frente a la denominada Campaña de Adquisición Sísmica Offshore Argentina: Cuenca Argentina Norte” lanzada por el gobierno nacional. La Cámara tomó la resolución que en primera instancia dictaminó abstenerse de iniciar las tareas encargadas, pero la sustituyó por una nueva cautelar con nuevos requerimientos hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión, se explicó a ERA Verde desde la AAAA.
El pasado 11 de febrero, el juez federal de Mar del Plata, Santiago Martín, unificó una serie de demandas y resolvió hacer lugar a una medida cautelar contra la detonación petrolera en el Mar Argentino con fines de extracción petrolera. Así, ordenó la inmediata suspensión de la aprobación del proyecto aprobado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, “hasta tanto se dicte sentencia definitiva”. Además, hizo saber a la empresa Equinor Argentina SA Sucursal Argentina que atento lo resuelto se “abstenga de iniciar las tareas de exploración vinculadas al proyecto referido hasta tanto se dicte sentencia definitiva en estas actuaciones”. Las razones de la resolución se fundó, básicamente, en tres razones: “el cumplimiento defectuoso de los estándares sobre información y participación que se desprenden de la legislación vigente y del Acuerdo de Escazú (Ley 27.566); la falta de una instancia de consulta al Municipio de General Pueyrredón en el proceso de toma de decisión; y las falencias del Estudio de Impacto Ambiental derivadas de la insuficiente proyección sobre los impactos acumulativos de las exploraciones a realizarse sobre el mar Argentino”, repasa el escrito que frente a las apelaciones dictó la Cámara Federal de Mar del Plata. El tribunal tomó los antecedentes y dictó una nueva cautelar en el mismo sentido.
Si bien trascendió que hubo un rechazo a la medida en primera instancia, lo cual técnicamente se puede entender así, “lo cierto es que el proyecto sigue suspendido con nuevos y complejos condicionantes”, explicó Enrique Viale, de Abogados Ambientalistas, a ERA Verde.
De este modo, con la resolución tomada por la Cámara, “el Estado Nacional deberá dictar una nueva declaración de Impacto Ambiental de la ya dictada, e integrada con los estudios referidos a posibles impactos acumulativos, y que reúna los siguientes recaudos:
1) Luego de otorgar la necesaria participación de la Administración de Parques Nacionales para que cumpla el rol encomendado por las leyes 22.351 y 23.094, deberá evaluarse y valorarse su opinión o dictamen, tomándose entonces las medidas que correspondan en consecuencia.
2) Deberán valorarse, también, las intervenciones participativas organizadas a nivel municipal (audiencia pública consultiva de fecha 30 de mayo de 2022), y nacional (consulta popular que culminó el 19 de mayo de 2022).
3) Deberá incluirse al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el control y fiscalización del cumplimiento de la Declaración de Impacto Ambiental y su correspondiente Plan de Gestión Ambiental.
4) Las indicaciones de la Declaración de Impacto Ambiental a dictarse, deberán ser emitidas asertivamente, y no en modo potencial o condicional.
“En resumen, la Justicia mantiene la suspensión del proyecto offshore y se imponen importantes y complejos condicionantes”, sostuvieron los letrados.
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De la Redacción de ERA Verde