Este sábado que conoció que el juez Virgilio Alejandro Galanti concedió al Gobierno Entrerriano la apelación a la sentencia que declaró nulo por inconstitucional el decreto del Ejecutivo sobre las pulverizaciones alrededor de las escuelas rurales. Asimismo, el magistrado aclaró que hizo lugar a la solicitud “con efecto devolutivo”, por lo cual el fallo queda firme hasta tanto el Superior Tribunal de Justicia resuelva la queja. Por otro lado, trascendió que organizaciones ambientalistas denunciaron por desobediencia al fiscal de Estado a raíz de declaraciones a la prensa que contradicen la decisión de la Justicia.

 

Este 28 de septiembre trascendió la decisión del vocal de Cámara Virgilio Alejandro Galanti que concedió la apelación al Ejecutivo provincial sobre el fallo que declaró nulo e inconstitucional el decreto Nº 2.239/19 del Gobierno Provincial sobre fumigaciones alrededor de las escuelas rurales. El juez también consideró en “cuanto al efecto” de la regla que la medida se admitió  “con efecto devolutivo”, es decir que sigue vigente el amparo hasta que se resuelva la suerte del decreto en una instancia superior.

 

El magistrado argumentó que “habiendo sido dictada sentencia declarando la inconstitucionalidad e ilegalidad parcial del Decreto 2.239/19 por las razones allí apuntadas; y teniendo en cuenta el bien colectivo y los derechos humanos comprometidos en este proceso, no advierto pertinente apartarse de la regla de concesión establecida en el art. 15 Ley 8369.-  Ello así, atento lo dispuesto por los arts. 15 y 16 de la ley 8369,  RESUELVO: Conceder con efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada en autos a fs. 1153/1192, por ante el Excmo. Superior Tribunal de Justicia”.

 

Como se recordará este jueves 26 de septiembre se dio a conocer la sentencia por la cual el vocal Galanti declaró nulo por inconstitucional el decreto que establecía límites menores para las pulverizaciones –100 metros para las terrestres y 500 metros para las aéreas– que las impuestas por la Justicia: 1.000 y 3.000 metros respectivamente. Fue a instancia de una acción de amparo social ambiental ingresado por el Foro Ecologista Paraná y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos.

 

Incumplimiento

Por otro lado hoy se hizo público  un comunicado donde la “Coordinadora por una Vida sin Agrotóxicos en Entre Ríos Basta es Basta” dio a conocer una denuncia al “fiscal de Estado  de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, por el delito de ‘instigación a desobedecer la autoridad’ dadas sus declaraciones periodísticas en las que negó la sentencia vigente y alentó a los productores a incumplir con la ley que garantiza mil y tres mil metros de protección a las escuelas rurales”, se precisó.

 

Desde Basta es Basta señalaron que para la denuncia se basaron en que declaraciones de Rodríguez Signes brindadas en una entrevista en el programa “Campo en Acción”  que se emite por Radio Nacional. “El fiscal salió al aire y ante la pregunta del periodista agropecuario Miguel Ruberto sobre la  situación legal en la que se encuentra hoy un productor, el fiscal respondió en forma textual: ‘… La sentencia no está firme, es decir en la medida que la provincia interponga un recurso de apelación está vigente el Decreto 2.239’. Le recordamos al Señor fiscal que es un funcionario público con responsabilidades especiales frente a la ciudadanía, su accionar tendencioso no sólo incita a la ilegalidad sino que genera un daño grave a las instituciones y al sistema democrático”, sostuvieron.

 

Las organizaciones ambientales denunciantes consideraron que las afirmaciones del fiscal de Estado “configuran una grave mentira jurídica, inconcebible en boca de un funcionario con ese nivel de responsabilidad que conoce perfectamente el funcionamiento de los procedimientos legales”. En este sentido, la Coordinadora aclaró que “la sentencia está vigente”.

 

 De la Redacción de ERA Verde