La ART del Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (IAPSER) se negó a cubrir los servicios médicos de Estela Lemes, docente afectada por las fumigaciones con agrotóxicos mientras desempeñaba sus labores en una escuela rural de Gualeguaychú. Hoy se conoció que la Justicia le dio la razón a la trabajadora de la educación y el organismo provincial deberá costear los gastos médicos. “Es un caso emblemático y va a sentar precedentes”, consideró Lemes en diálogo con ERA Verde.
El viernes pasado quedó firme una resolución emitida por la Sala II Laboral de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú –integrada por Vicente Martín Romero, Alberto Adrián Welp y Fabián Arturo Ronconi–, donde se resolvió fallar a favor de Estela Lemes, docente víctima de las fumigaciones con agrotóxicos entre 2008 y 2012. La Justicia condenó así a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) del Instituto del Seguro del Estado, a hacerse cargo de su tratamiento médico y además, abonarle una indemnización, confirmó a ERA Verde Lemes, quien expresó sentirse muy contenta junto con su equipo de abogadas que la representan. “Siempre pedí que se hicieran cargo del tratamiento de salud. Porque yo quiero seguir trabajando; no quiero un grado de discapacidad, ni jubilarme”, aclaró en cuanto a sus pretensiones. Resaltó asimismo que esta medida también representa un “reconocimiento de la enfermedad que se da en el trabajo y que fui fumigada en la escuela”, apuntó. En cuanto los alcances concretos de este fallo, expresó que representan poder tener recursos para afrontar su atención médica “de medicación y la rehabilitación que me falta hacer todavía; voy a estar más tranquila sabiendo que voy a tener el dinero para mi tratamiento”, reconoció.
Por otro lado, reflexionó que su causa puede “sentar precedente; no es un caso común, y creo que era un caso emblemático y estamos felices por los resultados con mis abogadas”. En tanto en el plano civil, continúa el expediente abierto contra el dueño del campo donde se produjeron las fumigaciones que la afectaron.
Como se recordará, cuando Lemes estaba al frente de la Escuela rural Nº 66 Bartolito Mitre del departamento Gualeguaychú, fue afectada por pulverizaciones mientras daba clases en distintas oportunidades entre 2008 y 2012. Estos episodios le produjeron severos problemas de salud, y su denuncia llegó a la Justicia en 2010. En 2014 se le detectó una enfermedad producto de la exposición a los venenos, una polineuropatía que le afectó los músculos, el equilibrio y la capacidad respiratoria, que fue corroborada por diversos análisis a la que se vio sometida. Lemes realizó un pedido para que la ART y el Gobierno de Entre Ríos se hagan cargo de su tratamiento, pero el titular del Juzgado de Trabajo Nº1 de Gualeguaychú, Luis Frosch, no atendió el reclamo y fallando en su contra la condenó a pagar las costas del litigio.
Esta decisión del juez Frosch fue apelada y ahora la Cámara en la causa caratulada Lemes Estela Susana C/ Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (I.A.P.S.E.R.) y otros S/ enfermedad profesional» (Expte. Nº 1344/SL), le dio la razón.
En diálogo con diario El Día, Lemes contó: “la Justicia pudo confirmar que fui fumigada y le exige a la ART que se haga cargo de mi tratamiento médico”. En este orden refirió a que “en octubre del año pasado y luego de muchas pericias, el juzgado laboral a cargo del doctor Frosch, falló en favor de la ART. Nosotros apelamos y ahora recibí un fallo en favor mío y de mi salud”, comentó.
Ahora con esta decisión judicial, la docente podrá tener «cobertura en la salud y además es un fallo que reconoce que los agrotóxicos enferman y matan. Esto es un mensaje para la gente que fumiga; que deben hacerlo con toda la precaución y si es posible, dejen de hacerlo”, expresó. “Ahora tengo que pedirle a la ART ante cada prestación que necesite. Todo lo que sea atención médica debe pasar por ellos”, detalló la maestra.
Detalles
De acuerdo a lo publicado por el medio gualeguaychuense, el texto de Romero, Welp y Ronconi resuelve por un lado “Declarar Desierto el recurso de apelación interpuesto por la accionante Sra. Estela Susana Lemes, contra el rechazo ‘in limine’ de la pericia médica practicada en autos por el Dr. Chesini”. Y al mismo tiempo “hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la actora y en consecuencia revocar la sentencia de primera instancia, Condenando en merito a ello, al Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos, a abonar a la Sra. Estela Susana Lemes (una indemnización, en el término de diez días de quedar firme la presente”.
También se condena “al codemandado Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos, a otorgar a la actora Sra. Estela Susana Lemes, las prestaciones en especie que esta requiera con motivo de los hechos elucidados en juicio -art. 20 ley 24557” (asistencia médica, farmacéutica y profesional).
De la Redacción de ERA Verde