La Justicia entrerriana resolvió emplazar a que en un lapso de 10 días el Ejecutivo provincial se expida y suministre toda la información necesaria sobre la explotación de arenas silíceas en Diamante.

 

Con la firma del vocal de la Cámara Contencioso Administrativo, Marcelo Baridón, se hizo lugar a una demanda de “amparo por mora” presentada por Fundación CAUCE, Cultura Ambiental Causa Ecologista. La ONG había realizado consultas sobre un proyecto privado en la zona portuaria diamantina para la extracción de material con destino a ser utilizado en la extracción de hidrocarburos en el yacimiento de Vaca Muerta mediante el controvertido sistema de fractura hidráulica.

 

Antes, el 2 de agosto, CAUCE ya había elevado la correspondiente solicitud de acceso a información ambiental a las autoridades provinciales y le fue retaceado.

 

La ONG pretende saber en qué consiste el proyecto y cuáles son las acciones desarrolladas por el Gobierno de Entre Ríos frente al avance de la iniciativa que públicamente dio a conocer la empresa “Arenas Argentinas del Paraná”, como miembro de Jan De Nul Group, líder mundial en actividades de dragado. A través de voceros de la empresa consultados por medios periodísticos, se conoció el desembarco de la firma en la ciudad de Diamante, donde prevé la construcción de un puerto, infraestructura y equipamiento para extraer arenas silíceas, que serán tamizadas y despachadas a Vaca Muerta, en la cuenca neuquina, la reserva de combustibles fósiles no convencionales en donde se utiliza el método de fracking.

 

En ese marco, Fundación CAUCE requirió informes sobre proyectos y autorizaciones para la explotación de arenas silíceas y consultó, particularmente, si el Estado activó los procedimientos sobre estudios de impacto ambiental y su eventual evaluación.

 

Eco

 

Baridón en su escrito justamente hace alusión al pedido de la entidad ambientalista. “La “fundación CAUCE requirió informes sobre trámites, proyectos y autorizaciones para la explotación de arenas silíceas y particularmente si el Estado activó los procedimientos sobre estudios de impacto ambiental y su eventual evaluación, y en caso de existir tales estudios y resultados, copias de los mismos; a los que el Estado demandado ensayó una respuesta desintegrada y ambigua. Por un lado el Instituto Portuario Provincial de Entre Ríos manifestó su ajenidad con el proyecto, a la par que la Secretaría de Ambiente admitió que su colega Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación tiene para su evaluación la actuación caratulada Nº 2062498 «Dec 4977/09 GOB: Extracción y acondicionamiento de arena silícea -arenas argentinas del Paraná S.A.”

 

Y se agrega: “La imprecisión y vaguedad de la respuesta exime de mayores consideraciones sobre su insuficiencia, la que se agiganta a poco de advertir que las arenas silíceas constituyen un recurso natural integrante del dominio originario del Estado Entrerriano según el artículo 85° de la Constitución Provincial”.

 

Justamente ante esta falta de respuestas oficiales que desencadenó en un pedido de amparo, ahora la Justicia resuelve hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, emplaza al Estado Provincial para que, en el plazo de diez días hábiles, se expida respecto a la información requerida.

 

“Es una decisión importante que resalta, una a una, las normas que establecen tanto la responsabilidad de las autoridades como el derecho que tenemos lxs ciudadanxs de acceder a la información como pilar básico del ejercicio de la democracia ambiental” destacó Valeria Enderle, directora Ejecutiva de Fundación CAUCE y añadió que “aguardamos que el Estado Provincial cumpla con su obligación de brindar la información de manera completa y veraz y celebramos que la fecha de firma de esta sentencia haya sido el día 25 de septiembre día en que recordamos la histórica sanción de la ley de libertad de los ríos Nº 9.092”.

 

Aquí el fallo completo: Sentencia Amparo Fundacion CAUCE

 

De la Redacción de ERA Verde