En una de las causas iniciadas por los incendios en el Delta del Paraná, donde se encontró infraganti a una familia de apicultores realizando una quema ilegal en agosto de 2022, su defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Se acusa a un hombre y sus dos hijos, de haber originado un foco ígneo en plena crisis por la sequía y la bajante extraordinaria del río Paraná, vulnerando el delicado equilibrio ambiental y amenazando la integridad y salud humana. Los tres sujetos fueron procesados por el juez federal de Victoria, Federico Martín, y la causa llegó al Tribunal Oral Federal de Paraná. En esta instancia, el defensor pidió la probation argumentando que carecen de antecedentes y porque la pena que implica el delito endilgado habilita esta vía. El fiscal General, José Ignacio Candioti, se opuso a la aplicación de esta medida para el caso porque, dijo, es una cuestión de política criminal del Ministerio Público, pero además porque se trató de un hecho grave que se generó un «peligro para el bien común».
La defensa de los apicultores incendiarios solicitó al Tribunal presidido por Lilia Carnero la probation para Rodolfo, Daniel y Adán Herrera, oriundos de la provincia de Santa Fe, que fueron detenidos al mediodía del 14 de agosto de 2022 en la zona del arroyo Los Laureles, islas del Holandés. Efectivos de la Policía de Entre Ríos patrullaba la zona en una embarcación cuando advirtieron el foco ígneo y a las tres personas que tenían una horquilla, una pala y baldes. El defensor consideró que resulta víable y aplicable la suspensión del juicio a prueba para ellos.
Según el dictamen de la Fiscalía General, la misma se opuso a tal medida por varias razones. Por un lado, sostuvo que la falta de antecedentes y la pena por el tipo de delito no resultan una cuestión automática para otorgar el beneficio. Fundamentó Candioti, al citar jurisprudencia, que el objetivo de la probation es descomprimir el sistema judicial, ofrecer otra oportunidad a los imputados, pero para casos de «supuetos ilícitos de poca lesividad», lo cual no es el caso presente, consignó Análisis Digital.
Por otro, argumentó una razón de política criminal el juzgamiento de estos hechos en un debate: «Las conductas que derivaron en el acaecimiento de incendios con peligro para el bien común, el conflicto penal suscitado tiene entidad y gravedad suficiente para ser resuelto a través de un juicio oral y público».
«No puede soslayarse que se trata de un delito cuyo bien jurídico protegido es la seguridad pública frente a actos que la pongan en peligro. Máxime, cuando se trata de hechos cometidos en áreas protegidas, como lo son los humedales».
Tras describir estos ecosistemas, sostuvo que «su protección es primordial, ya que permite el mantenimiento de la diversidad biológica, la paliación de inundaciones reparo al cambio climático, provisión y abastecimiento de agua, etc». El deber del Estado al respecto, mencionó el fiscal, está plasmado a en leyes, convenciones y la propia Constitución Nacional.
«Los incendios producidos en la zona del Delta del Paraná constituyeron un caso de gran repercusión nacional, debido al grave daño que causaron, ameritando que lo sucedido sea dirimido a través de la realización de un juicio oral y público donde se expongan todas las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que acaecieron los hechos acometidos», argumentó Candioti.
Y agregó: «Esto es, a su vez, «un derecho de la ciudadanía» a «conocer lo sucedido y la dilucidación de las responsabilidades».
Ahora, se aguarda por la resolución del Tribunal Oral Federal de Paraná, para saber si los acusados recibirán la probation o si ocurrirá el primer juicio por uno de los tantos incendios que devastaron los humedales y provocaron grandes movilizaciones para que los gobiernos tomen medidas para su protección.
Fuente: Análisis Digital.