La Municipalidad de Paraná abrió una mesa de trabajo para redactar normas de procedimientos de actuación ante casos de maltrato a animales domésticos. El compendio también abordará casos en donde intervengan los especímenes peligrosos o mordedores, confirmaron a ERA Verde. En los encuentros participan áreas del municipio, autoridades judiciales y la Policía de Entre Ríos. Se apunta a coordinar labores que permitan articular el accionar de cada dependencia frente a episodios y denuncias de este tipo. En este orden, se encuentra pendiente de implementar en la capital entrerriana la ordenanza Nº 8.750 que establece un registro obligatorio para los propietarios de la razas potencialmente peligrosas. Por otro lado, en la Legislatura de Entre Ríos, está aprobada una Ley provincial, la Nº 10.029, pero desde su sanción en 2011 no ha sido reglamentada.
En la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Paraná, se llevó adelante un encuentro para continuar avanzando en la confección de un protocolo de actuación frente a situaciones de maltrato animal y perros mordedores. “Sabemos que es una problemática que aqueja a la ciudadanía y por eso trabajamos todos los días para prevenir y controlar estas situaciones”, explicó el titular del área de Gobierno, Santiago Halle.
Además, del secretario de Gobierno comunal, estuvieron presentes autoridades de distintas áreas municipales vinculadas a la problemática, así como la fiscal Auxiliar de la Unidad de Respuestas Rápidas, Jimena Ballesteros y el jefe de División de Operaciones de la Policía de Entre Ríos, Esteban Riquelme. En este sentido, Ballesteros manifestó la búsqueda de “una política pública trabajando en conjunto como Estado, con las herramientas y recursos que tenemos”, sostuvo en declaraciones oficiales. Por su parte, el comisario Riquelme consideró que “fue una reunión productiva” y comentó que “con la Municipalidad estamos trabajando desde hace tiempo en buenos términos”.
De acuerdo a la información que pudo conocer ERA Verde, el ámbito de trabajo surgió a partir de la necesidad de coordinar acciones entre el Ejecutivo, la Justicia y la Policía “más que nada con la intervención con animales mordedores”, se describió sobre una de las problemáticas más apremiantes en “la diaria”. La propuesta se continuar con las reuniones para avanzar en un “protocolo que funciones” y que pueda a “llevarse a cabo en forma rápida y fácil desde cada organismo” interviniente. Además, se apuntó, “la agilidad es fundamental en los casos de denuncia por maltrato animal, pero aún estamos en una etapa de elaboración como para adelantar mayores detalles”, se aclaró desde el área Legal que trabaja con el marco normativo.
EN LA JUSTICIA
En diálogo con Ballesteros, la funcionaria judicial explicó que un “protocolo interno de actuación de los fiscales está en elaboración en la Procuración. Estamos a la espera de que la Municipalidad avance en las pautas de trabajo acordadas para elaborar un protocolo de trabajo conjunto”, anticipó.
Respecto a las incumbencias del documento, expuso que “el protocolo de actuación es sobre maltrato y perros mordedores. Por el momento la Fiscalía está abarcando todos los casos cuando el control de razas peligrosas y mordedores es responsabilidad del área de Salud Animal. Uno de los ejes de la reunión fue coordinar este trabajo. La Municipalidad debe crear el registro de perros peligrosos y coordinar con el área de control urbano los seguimientos y el control en la vía pública, quedando reservados que la investigación penal los hechos graves de maltrato animal”, planteó.
Ballesteros contó que estos trabajos de abordaje sobre las problemáticas planteadas están siendo absorbidas por la Fiscalía a su cargo en colaboración de la Policía, en cuanto al control del animal peligroso/mordedor. “En definitiva estamos de acuerdo que es una temática de la cual hay que ocuparse, pero cada estamento se tiene que responsabilizar de lo que le toca para poder trabajar coordinadamente”, sostuvo a ERA Verde.
Participaron del mencionado encuentro además la directora de Salud y Bienestar Animal, Patricia Smith; la subsecretaria de Gobierno, Valeria Orzuza; la jueza de Faltas Nº 2 Marisol Poidomani, la fiscal Adjunta de la Unidad de Respuestas Rápidas Mónica Carmona; y el comisario Principal, José Luna.
MARCO LEGAL
En Paraná rige la ordenanza Nº 8.678, que regula la tenencia de animales domésticos de compañía. Sancionada en julio de 2007, la normativa plantea regular una tenencia responsable, “compatible con la salud pública, la higiene y la seguridad de personas y bienes, así como la de garantizar la protección a los animales”.
La legislación prohíbe “la matanza y/o eutanasia”, así como establece replantaciones sanitarias. En su artículo 4º Bis, en tanto, define que “se considerarán como animales potencialmente peligrosos todos los que pertenecen a una tipología racial, que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas; y aquellos que hayan evidenciado, mediante denuncias, antecedentes de agresión hacia personas u otros animales”. Y que “la autoridad de aplicación determinará el listado de animales comprendidos en la clasificación referida precedentemente”. Y en su artículo 5º, establece que un registro que “cuando se tratare de animales domésticos potencialmente peligrosos la referida inscripción será obligatoria, sin excepción. El Departamento Ejecutivo Municipal determinará por vía reglamentaria los requisitos necesarios para ser propietario o tenedor de animales de tales características”.
También en el artículo 10º se establece que “los perros guardianes o potencialmente peligrosos estarán bajo la responsabilidad de sus dueños” y su “propietario o poseedor de un animal será responsable de los daños y perjuicios que ocasione (artículo 11º). Esto incluye “si un animal con dueño mordiere a una persona, la victima deberá denunciar el hecho y atender la mordedura por un profesional médico quien deberá extender un certificado donde conste tal situación. El animal en cuestión deberá ser trasladado al Centro Veterinario Municipal para su observación, dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente y por un plazo de 10 días. Luego del período de observación el animal deberá ser entregado a su dueño. Los animales mordedores reincidentes o de características genéricas agresivas podrán ser sometidos a esterilización quirúrgica y al limado de los colmillos. Los dueños podrán realizar el control del animal mordedor dentro de sus domicilios, bajo la asistencia de un profesional. Para el control de la rabia como así también de otras zoonosis, el propietario deberá vacunar a su perro”.
También se regula el “trasladarlo en la vía pública o espacio público bajo su custodia, con collar o pretal, correa y un bozal para ser utilizado de ser necesario. En caso de ser un animal potencialmente peligroso el uso de bozal adecuado será obligatorio”. (artículo Nº 12).
Al respecto de cuáles se consideran razas peligrosas, la ley provincial Nº 10.029 incluye un listado a: Akita Inu, American Staffordshire, Beauceron, Boerboel, Bullmastif, Bull Terrier, Ca de Bou, Cane Corso, Cao da Serra da Estrella, Cimarrón del Uruguay, Doberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileño, Gran Danés, Gran Perro Japonés, Mastín Napolitano, Mastín Español, Mastín de los Pirineos, Ovejero Alemán, Pit Bull Terrier, Presa Canario, Rottweiler, Staffordshire Bull Terrier, Schanuzer, Tosa Inu; y los derivados de sus cruzas.
De todos modos, la Ley Tenencia Responsable de Perros Potencialmente Peligrosos de Entre Ríos, sancionada en 2011, aún no cuenta con reglamentación. Hubo un pedido resolución de la diputada provincial Ayelén Acosta (JxC) para que esta tarea pendiente, pero la iniciativa fue archivada, según confiaron desde su bloque a ERA Verde.
CACA EN LA VEREDA
En otro orden, ordenanza 8.678 responsabiliza a los tenedores de mascotas a que no ingresen a juegos infantiles, plazas y/o areneros (artículo 13º) y los hace responsable de “limpiar en caso de producirse deyecciones. Para lo cual deberá portar, bolsa, pala, u otro elemento de limpieza que sirva para tal fin” (artículo 14º).
En tanto en el artículo 15º fija que “el propietario del animal deberá mantenerlo en condiciones óptimas y brindarle los cuidados necesarios de alimentación, higiene y resguardo, con la finalidad de preservar el buen trato a los animales, la salud pública y evitar en lo posible, molestias a los vecinos. En caso de no cumplir con lo citado en este artículo, la autoridad municipal labrará un acta y lo emplazará a regularizar la situación en no más de 30 días. De lo contrario, se hará la denuncia correspondiente en la Justicia”.
Este último punto va en la línea que esta ordenanza también adhiere a Ley nacional Nº 14.346 contra Malos Tratos y Actos de Crueldad a los Animales.
De la Redacción de ERA Verde