En un operativo realizado recientemente por Prevención de Delitos Rurales de Concepción del Uruguay, la policía secuestró 9 gallos de riña de una finca donde los entrenaban para el combate. El hallazgo, se confirmó a ERA Verde, desencadenó una serie de indagaciones para dar con la realización de estos circos de pelea cuya actividad está penada, pero que para ser castigada debe ser constada en flagrancia.
La Brigada Uruguay contra delitos rurales realizó el sábado pasado una serie de operativos en el Oeste de Concepción del Uruguay. A partir de una denuncia, y con la orden en mano del juzgado de garantías de esa ciudad, se allanó una vivienda de calle 23, donde en la requisa de encontró y luego se secuestró nueve gallos de riña, seis adultos y tres jóvenes. La información oficial además consignó que en el lugar se constató “un reñidero jaulas y sogas”. Los animales fueron trasladados a la comisaría de campaña de Talita, y el registro fotográfico daba cuenta que los plumíferos estaban alojados en condiciones precarias y alguno de ellos estaba lastimados producto de las prácticas de lucha a las que se fuerza a esta aves para entablar un espectáculo de resabios medievales y que incluso está asociado a las apuestas ilegales.
Las riñas de gallo están prohibidas por una Ley Nacional, la Nº 14.346 de Protección de los Animales Maltrato y Actos de Crueldad Animal. Y si bien es una práctica casi desterrada, persiste todavía en culturales ligadas al mundo subrural.
Uno de los problemas para perseguir efectivamente esta entretención milenaria es que debe ser pillada en flagrancia, cuando se realiza el acto mismo. De todos modos, se puede acusar y procesar al dueño del predio donde se detente la tenencia de estos animales, planteó Juliana Darrigo, integrante de Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). La prohibición está dentro del Código Penal y “el gallo es el ‘objeto’ de esa acción prohibida”, sostuvo la letrada.
Es así que en el caso de Concepción del Uruguay, el episodio fue encuadrado en primer término dentro de lo que castiga el artículo 1º y 2º de la ley 14.346 por “actos de maltrato”. Y tras comprobarse en el momento del allanamiento sobre indicios del uso al que eran sometidos los gallos se iniciaron “varias líneas de investigación”, señalaron fuentes policiales a ERA Verde para poder atrapar los organizadores de las riñas de gallo.
Foto: PER
De la Redacción de ERA Verde