La Mesa de Enlace de entidades rurales de Entre Ríos anunció que el gobernador firmará la semana que viene un decreto para regular las pulverizaciones con pesticidas alrededor de las escuelas rurales. El Foro Ecologista señaló que una medida de este tipo podría ser incostitucional.

 

El anuncio se conoció luego que el mandatario entrerriano Gustavo Bordet visitara el sur provincial y en medio de un cruce entre la Justicia que desmintió a la Fiscalía de Estado ante la versión que hizo circular que quedaba en suspenso la decisión judicial de limitar las fumigaciones en 1.000 y 3.000 metros alrededor de los establecimientos educativos.

 

En el marco de la visita del gobernador de Bordet a la ciudad de Gualeguaychú, integrantes de la Mesa de Enlace local –que agrupa a la Federación Entrerriana de Cooperativas (Fedeco), la Federación de Asociaciones Rurales de Entre Ríos (Farer), la Federación Agraria Argentina (FAA) y la Sociedad Rural Argentina– se reunieron con el mandatario entrerriano. Fue un encuentro a los efectos abordar la problemática que enfrentan los productores luego que el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) prohibiera las pulverizaciones con agroquímicos a menos de 1.000 y 3.000 metros de distancia -según sea terrestre o aérea- de las escuelas rurales.

 

Los dirigentes rurales valoraron el hecho de haber podido hablar sin intermediarios con el gobernador y expresaron: “Pudimos plantear la situación que atraviesan miles de productores y en este sentido encontramos similar preocupación en Bordet, quién comentó que su gobierno se encuentra en constante contacto con la Secretaría de Agroindustria de la Nación por este y otros temas”, consignó APF.

 

En tanto, los ruralistas -quienes estuvieron acompañados por el senador nacional Alfredo De Ángeli (Cambiemos) y su par departamental, Nicolás Mattiauda (Cambiemos)-, aseguraron que Bordet se “comprometió” a firmar la semana entrante el decreto reglamentario que establecerá las normativas para las pulverizaciones con agroquímicos en toda la provincia, hecho que subsanará el vacío legal existente en este particular.

 

“Planteamos al Gobernador la imperiosa necesidad de que el Estado entrerriano sea eficiente en los controles a los productores, ya que la Secretaría de la Producción no contaría hoy con la logística necesaria para esa tarea. Y en ese punto, la ministra de Gobierno, Rosario Romero, presente en la reunión, se comprometió a abocar móviles de otras reparticiones a tal efecto y a la brevedad, para ser eficiente en el contralor”, sostuvieron.

 

Los impulsores del decreto destacaron que “la ausencia de una norma moderna y las falencias en el control son déficits del Estado y debe ser resuelto con carácter de urgente”.

 

“Es imposible producir en este estado de incertidumbre y el Gobernador debe poner límite a tanta precariedad en las formas de producción. Ojalá la semana que viene, el decreto reglamentario sea un paso fundamental para la normalización de la actividad agrícola”, finalizaron.

 

Inconstitucional

 

Por otra parte, conocida la noticia, desde el Foro Ecologista Paraná, quien junto a la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) promovieron el amparo ambiental, señalaron que de darse esta reglamentación por decreto con distancias menores a las restringidas por la Justicia sería inconstitucional, consignó Análisis Digital.

 

En este sentido recordaron la sentencia de Cámara, ratificada por la Sala Penal del STJ que determinó prohibir “la fumigación terrestre con agrotóxicos en un radio de mil metros (1.000 mts) alrededor de todas las escuelas rurales de la Provincia de Entre Ríos, y la fumigación aérea con iguales pesticidas en un radio de tres mil metros (3.000 mts) alrededor de dichos establecimientos educativos; todo ello, hasta tanto se determine por las áreas estatales específicas que se obtendrán idénticos efectos preventivos para la salud de alumnado y personal que asiste a los mismos con distancias diferentes”.

 

La entidad ambientalista recordó el criterio jurídico tomado en cuanto “el interés superior del niño, entonces, resulta un derecho sustantivo, pero a la vez constituye un principio jurídico interpretativo fundamental, que sirve como marco para analizar cualquier otro derecho, norma y/o disposición que ataña al ejercicio de sus derechos y en donde se discutan intereses”, así como se citó jurisprudencia donde se sostiene que “ninguno puede tener un derecho adquirido de comprometer la salud pública, y esparcir en la vecindad la muerte y el duelo con el uso que haga de su propiedad, y especialmente con el ejercicio de una profesión o de una industria'».

 

Fuentes: APFAnálisis Digital

 

De la Redacción de ERA Verde