Dentro de la etapa de elaboración de pruebas en un amparo ambiental iniciado por Fundación Cauce por el desmonte ilegal en lotes ubicados en los distritos Mojones Norte y Mojones Sur en el departamento de Villaguay, se llevó adelante una pericia solicitada por los acusados: la agropecuaria de Salentein Argentina, El Choli  SA, SYS SA, Jorge Rodríguez y el Estado de Entre Ríos. La misma se llevó a cabo el viernes pasado y este lunes ya la tenía lista el agrónomo Juan Carlos Cian, cuyo informe fue impugnado por “Falta de imparcialidad y objetividad”, “Ausencia de fundamentación técnica y científica” y “Omisión de pruebas y extralimitación en sus funciones”, señalaron desde la entidad ecologista que no dudaron de calificar el escrito como escandaloso. Por estas razones, de acuerdo a lo informado a ERA Verde, pidieron el nombramiento de un nuevo profesional que le fue negado por la jueza actuante, Virginia Giachello. La magistrada tomó la decisión de valorar la prueba y la impugnación al momento que tenga que resolver sobre la tala de especies nativas en esta zona de protección.

 

“Solicitamos la nulidad del dictamen pericial elaborado por el ingeniero Juan Carlos Cian, debido a graves irregularidades que comprometen su validez y objetividad”, expresaron en un comunicado desde Fundación Cauce, quien impulsó la denuncia por los desmontes realizado en terrenos de la multinacional Salentein Argentina BV. La presentación fue admitida en marzo pasado por la jueza Virginia Giachello y ordenó un relevamiento in situ del daño ambiental. En esa instancia la magistrada amonestó al Gobierno para que implemente mecanismos adecuados para el resguardo de los montes nativos, según apuntó en su resolución. La tala de 130 hectáreas fue registrada.

 

La investigación que lleva adelante Giachello trata de establecer la responsabilidad por la deforestación de más de 130 hectáreas en los campos “La Pelusa” y “El Durazno”. Los mismos se sitúan en el departamento Villaguay, en áreas calificadas como rojas y amarillas de monte nativo y, por lo tanto, protegidas por la Ley provincial N.º 10.284 de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos “para el enriquecimiento, restauración, conservación y manejo sostenible” en Entre Ríos que adhiere a la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental a los Bosques Nativos Nº 26.331.

 

En el marco de este proceso, los demandados solicitaron una pericia, que se realizó el viernes 9 de mayo. Concurrieron las partes y hubo una recorrida a campo para tener elementos para elaborar el informe, que fue ingresado por Cian este lunes 12. Pero sobre este escrito Cauce realizó un pedido de nulidad, remoción del perito y designación de uno nuevo. “Entendemos que la defensa del ambiente necesita y exige de procesos judiciales que sean transparentes y serios. La Justicia, el Ministerio Público y la jueza en este caso, necesitan de aportes con rigor técnico. Claramente son casos complejos, en donde sin este aporte científico técnico, a la judicatura le resulta difícil tomar una decisión”, señaló a ERA Verde la directora Ejecutiva de la ONG, Valeria Enderle. “Entonces, si quien tienen que establecer ese rigor técnico, esa seriedad, esa transparencia, ese punto de vista científico, con argumentos, con fundamentos que realmente sean acordes con la realidad, si no lo hace, esto puede llevar a un grave error y a una confusión, a la jueza y el Ministerio Público cuando tengan que decidir y dictaminar efectivamente”, argumentó la letrada.

 

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DETALLES

 

Sobre el informe pericial presentado el lunes 12 de mayo como parte del expediente judicial entre los puntos “más preocupantes” Cauce señala:

 

“Falta de imparcialidad y objetividad: El perito adoptó sin cuestionamientos la versión sostenida por los empresarios Martín Beglinomini (El Choli SA), Cristian Sterz (SYS S.A.) y Jorge Rodríguez, omitiendo considerar elementos clave de la realidad. Esta parcialidad vulnera el principio de neutralidad exigido en toda intervención pericial y contradice el juramento prestado por el perito de desempeñarse de manera fiel”.

 

“Ausencia de fundamentación técnica y científica: Las afirmaciones vertidas en el informe carecen de sustento técnico verificable. No se detallan metodologías utilizadas, fuentes consultadas, parámetros objetivos ni análisis de campo. Tampoco se acompañan informes técnicos, cálculos ni evidencia empírica que justifique sus conclusiones, incumpliendo con la exigencia normativa de que todo dictamen debe ser debidamente fundado”.

 

“Omisión de pruebas y extralimitación en sus funciones: Lejos de limitarse a un aporte técnico objetivo, el Sr. Cian incurrió en juicios de valor impropios de su rol, emitiendo apreciaciones sobre la responsabilidad de las partes. Esta conducta afecta directamente la validez del dictamen y excede su competencia profesional”.

 

Por estas razones, es que la entidad socio ambiental solicitó “la remoción del perito actuante y el nombramiento de un nuevo profesional con formación técnica adecuada, experiencia comprobada y verdadera independencia respecto de las partes involucradas. Sin embargo, la jueza no ha hecho lugar a este planteo y ha definido tener en cuenta las observaciones realizadas por la Fundación y valorar el peritaje al momento de decidir”, precisaron.

 

Finalmente, desde la Fundación reafirmaron el “compromiso con la defensa del monte nativo y el respeto al debido proceso. El desmonte de áreas protegidas no puede ser legitimado por peritajes carentes de rigor técnico y transparencia. Proteger lo que somos es proteger el futuro”.

 

De la Redacción de ERA Verde