Hasta el 15 de marzo de 2025 se encuentra restringida la captura de la especie Pseudoplatystoma en aguas entrerrianas. La medida fue dispuesta desde la Dirección de Recursos Naturales y Fiscalización desde el 15 de agosto pasado y que sólo permite la pesca deportiva con devolución inmediata de la pieza cobrada desde el 16 de marzo al 14 de agosto de cada año. La resolución trascendió este 29 de octubre.

De acuerdo a lo informado oficialmente, quedan exceptuados de la obligación los pescadores artesanales que acrediten su condición de tales, cuyas capturas se destinen únicamente al consumo propio y a la venta al público. El director de Recursos Naturales, Marcelo Sapetti, especificó que cualquier violación a la presente disposición dará lugar a las sanciones previstas en la Ley de Pesca Nº 4.892.
El funcionario apuntó que el objetivo es administrar y regularizar la actividad de la pesca deportiva, con el objeto de resguardar la especie en cuestión, de aquellos sistemas de captura inapropiados, que puedan poner en riesgo la existencia y sostenibilidad del mismo.
DORADO DEPORTIVO
En cuanto a la especie de Dorado, Sapetti complementó al recordar que en Entre Ríos se la declaró por Ley N° 11.174 como pez de interés turístico provincial y prohíbe su pesca comercial, acopio, venta, tenencia y tránsito en todo el territorio provincial. No obstante, permite la pesca cuando se realice en forma deportiva y con devolución obligatoria, así como la que realicen los pobladores ribereños por cuenta propia para su alimentación y la de sus familias, y los pescadores artesanales para consumo familiar o venta directa al público, garantizando las medidas de resguardo de la especie.
