El juez de Garantías Nº 4 de Paraná, Julián Carlos Vergara, ordenó “el cese inmediato” del riego de las calles de Crespo que no se encuentran asfaltadas con agua extraída de los arroyos” que se encuentran contaminadas con efluentes fecales. El magistrado también ordenó “la prohibición de extracción” para cualquier otro uso que se le quiera dar de los cursos afectados, “Hondonada de la Cruz” y el identificado como “N50151”. Esto se dio al hacer lugar parcialmente a una acción de amparo presentada por un grupo de vecinos de la ciudad. En la resolución de la Justicia a la que accedió ERA Verde, se dispuso que en 30 días, “bajo la supervisión de la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Entre Ríos u organismo provincial competente y de las dependencias municipales pertinentes”, se perite “la red cloacal completa de la ciudad –cañerías y bocas de registro–, estaciones elevadoras y lagunas de estabilización para evaluar su estado y funcionamiento, con comunicación inmediata de sus resultados al Honorable Concejo Deliberante”, así como se haga “difusión pública en medios de comunicación locales”. En esta instancia se rechazó el pedido de arreglar “las plantas elevadoras de líquidos cloacales” que se encuentra fuera de uso.

En un fallo firmado este 18 de agosto, el juez de Garantías Julián Carlos Vergara resolvió admitir parcialmente una acción de amparo ambiental presentada por pobladores de Crespo. En la demanda, se exigía que se “repare y ponga en correcto funcionamiento el sistema cloacal a través de las estaciones elevadoras de líquidos”; “El cese en el riego de las calles de la ciudad que no se encuentran asfaltadas (tierra, broza, piedra) con esas aguas contaminadas que son tomadas” de los arroyos “Hondonada de la Cruz” y “N50151”; se “Provea un Plan de Manejo para el mantenimiento sistemático y cuidado de las plantas elevadoras de líquidos cloacales a fines de darlo a conocer a la ciudadanía”, “la recomposición ambiental” de los mencionados cursos de agua mediante un “Plan de Saneamiento el que deberá contar con participación ciudadana”.
Tomando las consideraciones de partes, peritos, la Secretaría de Ambiente y la Fiscalía de Estado de Entre Ríos, Vergara dio por probada la contaminación de las aguas tomada para riego. Para esto se consideró el informe de la perito, quien dio cuenta de la presencia de por encima de los valores tolerados de componentes derivados de las excreciones, tales como coliformes totales y escherichia coli. Esto, según la denuncia, procede a partir que las aguas para riego de las calles de tierra son tomadas de las salidas de las “descargas cloacales de los arroyos”, señala la presentación conocida por ERA Verde.

Entre las cuestiones a tener en cuenta señaladas por los vecinos se indicó que los arroyos “Hondonada de la Cruz”, “S30052” y “N50151” nacen en la parte alta de la cuenca del arroyo Espinillo, unos de los afluentes más importantes del arroyo Las Conchas, el cual atraviesa el área protegida del parque natural San Martin y escolar Enrique Berduc, previo a desembocar en el río Paraná. “Durante los últimos meses del año 2024 a raíz de la gran mortandad de peces, putrefacción del agua y olores nauseabundos en la zona del arroyo Espinillo y Las Conchas, derivó en la intervención del equipo de Fiscalización Ambiental de la Provincia de Entre Ríos para la realización de análisis de las aguas, dando como resultado la ‘gran carga de materia orgánica’ que se encontró”, sumaron como antecedentes.
Sospechan que la fuga de efluentes sin tratar en Crespo contaminó arroyo El Espinillo
La contaminación de los arroyos, cuyas aguas luego se utilizan para riego, “se encuentran contaminados por efluentes cloacales domiciliarios”, manifestaron los litigantes. Esto a raíz del desperfecto que mantiene “fuera de funcionamiento” el sistema de elevación de las plantas de tratamiento de efluentes fecales que “muchas veces se ven colapsadas” y en su desborde vuelcan “a los cursos de agua colindantes sin ningún tipo de tratamiento, generando en consecuencia el daño ambiental que aquí se reclama”, plantearon como origen de los problemas.
CONSIDERACIONES
Sobre la demanda para arreglar el sistema de bombeo, municipio de Crespo dijo que “está realizando un relevamiento de cada estación elevadora, para comenzar a modernizar, reemplazar y mejorar las instalaciones de cada una”. Precisaron en este orden que “ya cuentan con un presupuesto estimado y para solo una de las estaciones elevadoras se necesita una inversión aproximada de u$s 8.000” y que la ciudad cuenta con un total de 12 plantas elevadoras.

Por otro lado, entendieron que promueven “la depuración natural del sistema” que coadyuvan con la “implementación de biofiltros como método de remediación compuestos por vegetación acuática autóctona, como los camalotes y otras especies, las cuales han demostrado funcionar como fito-depuradores, absorbiendo nutrientes como nitrógeno y fósforo (de alta incidencia en efluentes cloacales), reteniendo contaminantes en sus tejidos, promoviendo la aireación del agua y funcionando como sedimentadores naturales, deteniendo el paso de materia orgánica en suspensión y modificando a pequeña escala el régimen de flujo de manera tal de clarificar el agua luego de su instalación”, detallaron en el expediente conocido por ERA Verde. “Los mismos se ubicarán en sectores estratégicos y su crecimiento será monitoreado
También para evaluar por el juez se tomó un informe de la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos, donde señala “no existe actualmente normativa específica en la provincia de Entre Ríos aplicable directamente a la calidad de agua superficial con destino a riego”. Dijeron también que «el riesgo de contacto con el agua de riego por parte de la población es indirecto».

Se incorporó que tres de cinco análisis realizados los valores de substancias contaminantes “superan ampliamente los parámetros establecidos como normales. En particular, se detectaron concentraciones bacterianas superiores a 240.000 UFC/100 ml, lo cual excede el límite de cuantificación de los propios análisis”. Lo mismo se observa en los indicadores “de Microorganismos Aerobios y de Pseudomonas aeruginosa, reflejando una carga contaminante de alta peligrosidad sanitaria y ambiental”.
La perito actuante, María S. Patterer, apunto por su parte que el “agente contaminante presente” se encuentra “en una cantidad anormal o potencialmente peligrosa”; “que viola normas ambientales”; y “Que causa o puede causar daño ambiental, sanitario o ecológico”. La perito concluye que se trata de un ambiente “fehacientemente contaminado”, que en general se requiere un análisis en el tiempo”, pero que “hay claros indicios de una alteración en la matriz (presencia de sustancias o agentes fisicoquímicos y/o microbiológicos en el agua en concentraciones anormalmente elevadas) de los cursos de agua denominados N50152, S30052 y arroyo Hondonada de la Cruz”
AGUAS PUTREFACTAS
Patterer advierte de “los elevados valores de bacterias coliformes termo tolerantes” en “el riego de calles con esta agua representa un riesgo latente para la salud pública, particularmente para los trabajadores que manipulan el recurso (que están directamente expuestos a agentes infecciosos si no cuentan con una protección adecuada) y para el público en general. Las bacterias patógenas (como Escherichia Coli, que es una bacteria coliforme termo tolerante) pueden transmitirse por: aerosoles generados al regar (inhalación); contacto con piel o mucosas; o ingresar al cuerpo a través de heridas, ojos o boca. Esta situación pone a las personas vulnerables (niños, ancianos, inmunocomprometidos) en riesgo sanitario. También podría generarse un impacto negativo secundario al infiltrarse en el suelo y alterar napas freáticas; correr por desagües pluviales y llegar a cursos de agua, afectando ríos, arroyos o lagunas; o bien, dejar residuos en veredas y calles que luego pueden entrar en contacto con personas o animales (pudiendo actuar algunos de ellos como vectores)”.

En el escrito del magistrado que se acercó a ERA Verde, señala la contundencia categórica de la profesional para determinar como recomendación. “suspender y/o evitar el riego de calles de tierra y/o brosa con agua extraída de los cursos de agua denominados N50152, S30052 y arroyo Hondonada de la Cruz”.
Es así que Vergara resolvió que la Municipalidad de crespo cese de inmediato el riego de las calles de brosa o de tierra con agua extraída de los arroyos contaminados, “como asimismo la prohibición de extracción de agua de dichos cursos de agua para cualquier otro uso que se le quiera dar. Todo hasta tanto, se cuente con valores y/o parámetros de laboratorio que se encuentren dentro de los permitidos por la normativa legal pertinente para su uso en riego y además se obtenga la correspondiente habilitación para ello de parte de la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Entre Ríos”.
También ordeno se “disponga la realización de dentro de los próximos treinta ( 30 ) días y bajo la supervisión de la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Entre Ríos u organismo provincial competente y de las dependencias municipales pertinentes, de un peritaje de la red cloacal completa de la ciudad -cañerías y bocas de registro-, estaciones elevadoras y lagunas de estabilización para evaluar su estado y funcionamiento, con comunicación inmediata de sus resultados al Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de la ciudad de Crespo y su difusión pública en medios de comunicación locales”. Y por último “la realización de un monitoreo sistemático” de los cursos impactados.
De la Redacción de ERA Verde
