En el marco de una solicitud de amparo ambiental por el incendio del basural de San José, el juez de Paz interino de esa ciudad, Facundo Ramat, resolvió hacer lugar a la demanda presentada por la Asociación Civil Arroyo Perucho Salvaje. En la resolución, el magistrado mandó al municipio a que tome medidas para evitar nuevos focos ígneos en el vertedero, así como evaluar los daños producidos por el último siniestro. Además, en el fallo conocido por ERA Verde, se ordena a las autoridades que tramiten la habilitación del predio para la disposición final de los desperdicios presentando el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental.

 

El juez de Paz interino de San José, Facundo Manuel Ramat, resolvió hacer lugar parcialmente a un pedido de amparo ambiental por los incendios en el basural de San José. Declaro abstracto el pedido para que se lleven adelante medidas para sofocarlo, ya con las llamas inactivas. Pero, por otro lado, estableció una serie de pautas para que la Municipalidad se haga cargo del cuidado e implemente medidas para evitar nuevos focos ígneos.

 

Como se recordará, el vertedero a cielo abierto de San José comenzó a arder el en la noche del 7 de enero. Tras arduas tareas de bomberos se pudo controlar, pero los fuegos internos continuaron durante varios días. Por esta razón, la Asociación Civil Arroyo Perucho Salvaje interpuso un escrito donde solicitó un amparo ambiental colectivo. En este orden, la ONG solicitó que la realización de una pericia técnica para evaluar el terreno y los daños.

 

MEDIDAS

 

Es así que Ramat encontró que el basural en cuestión “se encuentra en infracción a los derechos” consagrados en la Constitución de Entre Ríos en lo que “respecta a un ambiente sano y equilibrado”. En el fallo que trascendió a ERA Verde, se dispuso que el municipio lleve adelante las “medidas que se estimen necesarias para la prevención del fuego y de la disposición de residuos peligrosos en el predio de disposición final, evitar el ingreso de personas ajenas al trabajo en el predio”, comentó el abogado litigante y presidente de la ONG, Gustavo Velzi.

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El profesional litigante también apuntó como importante los aportes planteado por la perito ingeniera que intervino en el expediente, María S. Patterer, en cuanto “dentro del plazo de 6 meses” se tomen medidas a saber: Separar los residuos combustibles de los que no lo colocándolos en distintos sectores; Reciclar la mayor cantidad de residuos posible para reducir su acumulación; Distribuir los residuos no reciclables en capas delgadas de entre 1 y 2 m (1,5 m idealmente), cubriéndolos con arena y compactándolos, evitando así acumulaciones peligrosas; Cuidar la operación y el manejo de maquinaria pesada: el calor generado por la maquinaria o el exceso de calor en el escape de la misma puede prender los residuos; Establecer calles ‘cortafuegos’ y con salida, todas ellas con acceso para camiones autobombas desde distintos puntos del predio; Disponer terraplenes de arena que actúen como cortafuegos y que además protejan áreas sensibles, por ejemplo: sector de cubiertas y de bins (contendedores); Establecer un sistema de monitoreo periódico por parte de los bomberos (u otro personal idóneo) para advertir nuevos focos ígneos, y eventualmente sofocarlos a tiempo; Analizar la posibilidad de vender las cubiertas a empresas que las desarman y luego venden el caucho a industrias que lo utilizan como combustible en calderas (ej.: Holcim SA); Concientizar a la población acerca de la separación de residuos en origen y realizar una recolección diferenciada; y Efectuar una correcta vigilancia de los residuos que ingresan al predio quedando expresamente prohibidos aquéllos patológicos, tóxicos e industriales no asimilables a domiciliarios.

 

REMEDIACIÓN

 

En el orden de reparar el ambiente daño, Ramat mandó a la Municipalidad de San José “realizar o mandar realizar una evaluación del daño ambiental provocado por el incendio y en base al mismo implementar un plan de recuperación del ecosistema afectado, dentro del plazo de 3 meses”

 

También que la comuna tramite “la habilitación del Predio de Disposición Final de Residuos, mediante la presentación de un Estudio de impacto ambiental, en coordinación con la Secretaría de Ambiente de la Provincia, de acuerdo con la normativa provincial aplicable, la ley nacional 25.675 general de ambiente y la ley nacional 25.916 de Residuos sólidos urbanos, dentro del plazo de 3 meses”.

 

Por último, desde la entidad socio ambiental afirmaron estar de “acuerdo con el fallo judicial, al que nos atenemos y cuyo cumplimiento vigilaremos y exigiremos a la Municipalidad de San José, ya que la protección del derecho ambiental requiere una participación judicial activa”, sostuvieron en un comunicado de prensa.

 

De la Redacción de ERA Verde