El Superior Tribunal de Justicia Entre Ríos condenó a la Municipalidad de Pueblo Brugo a que “adopte las medidas necesarias para el establecimiento de la Disposición Final de sus RSU (Residuos Sólidos Urbanos), ya sea determinando sitio suficientemente alejado del ejido de la ciudad y/o concretando convenio con otro municipio”, se lee en la sentencia a la que accedió ERA Verde. Lo hizo en el marco de una causa contra el municipio de esa localidad por arrojar los desperdicios sobre una calle pública conocida como “camino viejo” en infracción a las leyes vigentes y contaminar una cañada y el arroyo donde se ubica el depósito ilegal, según denunció un damnificado.

En una resolución firmada por los vocales del Superior Tribunal de Justicia provincial Germán Reynaldo Francisco Carlomagno, Claudia Mónica Mizawak y Carlos Federico Tepsich, se condenó a la Municipalidad de Pueblo Brugo “a que en el plazo perentorio de 60 días hábiles” contados a partir de su notificación, “proceda al cese definitivo de las actividades de disposición final de RSU en el predio situado en el camino público llamado ‘Camino Viejo de Pueblo Brugo’, bajo apercibimiento de la inmediata clausura del mismo, bajo responsabilidades de ley a cargo del organismo municipal accionado”. También que procure un lugar para la disposición final de los residuos urbanos en un sitio que se adecúe “a las prescripciones de la Ley de Presupuesto Mínimos para la Gestión Ambiental de Residuos Domiciliarios N° 25.916, Ley provincial N°10.311 Girsu”, y sus decretos reglamentarios.

Los magistrados asimismo intiman a la Municipalidad de Pueblo Brugo que en 60 días hábiles “presente una propuesta con un Plan de cierre, remediación y restauración de las áreas implicadas en la disposición final de basura (incluyendo las cavas cerradas y la actual) en la calle pública ‘Camino Viejo a Pueblo Brugo’, desestimando la opción de enterramiento de basura; como así también de las áreas implicadas de la cañada, arroyo «Antonio Tomas» y bosque nativo de la zona contigua clasificada con categoría ‘Roja’”, aclara en la sentencia firmada este 16 de mayo conocida por ERA Verde.
GRAVE
El conflicto por los residuos en Pueblo Brugo se remonta a tres años y medio atrás, cuando comenzaron los reclamos administrativos “con intimaciones personales y administrativas” al municipio al mando del reelecto Luis Martín Ruiz (PJ-MxER), se recopiló en el fallo de los vocales. Incluso hubo sanciones administrativas al municipio, sin haber podido arribar a “dar fin al grave impacto ambiental y al obrar ilegítimo del ente local demandado”, se apuntó. En este orden, se aludió a informes de la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos que “evidencian las graves irregularidades que comete el municipio al arrojar Residuos Sólidos Urbanos en una calle pública, en la cual pone en riesgo la circulación normal sobre la misma, genera consecuencias dañosas en el sitio de Bosques Nativos con calificación ‘Roja’ respecto a su conservación”. Y además, que este organismo señaló “que el vertido de residuos se está realizando en un territorio prohibido conforme Ley Nº 26.331, y contamina el curso de agua del arroyo ‘Antonio Tomas’, que desemboca en el río Paraná”.

Los vecinos demandantes, acusan de “desidia” al municipio porque los vertidos a cielo abierto sobre ese camino contaminan el ambiente de todos los 1.660 habitantes del pueblo, en especial de los niños y niñas que pasan por el lugar cuando van a la escuela. Que se ven afectados en su calidad de vida, salud e integridad física, agregan, al tiempo que “insisten en que el basural a cielo abierto está ubicado a escasos metros de su vivienda y la de otros vecinos sin un mínimo control, ni cuidados ambientales, ni separación en origen, todo lo cual surge expresamente detallado en los expedientes”, se reseña en el escrito sobre el que tuvo conocimiento ERA Verde.
Es por esto que, al no encontrar respuestas, se acudió a los estrados judiciales para que se considere el traslado a un lugar acorde del vertedero y se eliminen los micro basurales, con el saneamiento de la cava la cañada de la cuenca del Arroyo «Antonio Tomas» y el bosque nativo circundante se recomponga.

De la Redacción de ERA Verde
