La comisión de “Recursos Naturales y Ambiente” de la Cámara Baja provincial citó a los legisladores que la integran para el miércoles 6 de marzo a comenzar a discutir el proyecto denominado “De Buenas Prácticas en la Utilización de Fitosanitarios y Domisanitarios en la Provincia de Entre Ríos”. En el orden del día figura que el borrador base es mismo que presentó el Ejecutivo en noviembre de 2022, cuando el gobernador era Gustavo Bordet, confirmaron fuentes legislativas a ERA Verde. Se trata de un cuerpo normativo que fuera impulsado por el ex ministro de la Producción y actual diputado, Juan José Bahillo (MpER-PJ). En ese bosquejo, las distancias mínimas para las pulverizaciones con agrotóxicos donde haya personas es de 100 metros para las realizadas de forma terrestre y 200 metros para las aéreas. En el caso de instituciones educativas rurales se establece un régimen especial, donde se considera “una distancia de 150 metros medidos desde el perímetro de la escuela para delimitar la zona de exclusión, siendo para aplicaciones aéreas la distancia de 500 mts, medidas desde el perímetro del establecimiento educativo. A partir de esta distancia se considera una zona de amortiguamiento que va desde el límite de la zona de exclusión (150 mts del perímetro) a 500 mts. para equipos terrestre; desde el límite de la zona de exclusión para equipos aéreos (500 mts del perímetro de la escuela) hasta los 3000 mts”.
En la Sala de Comisiones, a la hora 10:00 de este 6 de marzo, los diputados provinciales de la comisión de Recursos Naturales y Ambiente están llamados para tratar el expediente 26.117, en que se tramita el proyecto de Ley de Agroquímicos. Se trata de una postergada normativa que la gestión anterior no logró canalizar felizmente. Con otra conformación y otro signo político en los poderes del Estado, esta vez los diputados entrerrianos se sentarán el miércoles a debatir en base al borrador enviado por la anterior administración del Ejecutivo, cuando el actual legislador de la oposición Juan José Bahillo era ministro de la Producción. El representante oriundo de Gualeguachú como ministro avanzó en la elaboración de una iniciativa, y fue más allá de una propuesta en el mismo sentido que naufragó cuando Sergio Urribarri ocupó la presidencia de la Cámara de Diputados. Bahillo logró un diálogo fluido y apoyo de las entidades rurales y los colegios profesionales ligados al negocio, pero no pudo lograr que sea tratado por la Legislatura. Entonces hubo una fuerte resistencias de las organizaciones ecologistas, donde los casos de fumigaciones en las escuelas rurales ocuparon la atención pública y la Justicia debió intervenir ante casos groseros de pulverizaciones a escolares y personal docente. Fue así que se evaluó que ese “no era el momento político” y se prometió “seguir trabajando”, recordó a ERA Verde un asesor parlamentario, especialista en la materia, que ha seguido de cerca el asunto.
Es así que ahora, la actual conformación del cuerpo legislativo abordará un asunto sensible y que no ha tenido resolución. Persiste una puja que no ha sido saldada entre los sectores vinculados al cultivo en gran escala de semillas transgénicas –y que demanda un paquete de agroquímicos para su producción– y distintos sectores sociales, políticos y gremiales que apuntan con serios cuestionamientos las consecuencias e impacto a la salud y el ambiente que conlleva esta práctica en donde subsiste un alto grado de tolerancia y bajas pautas de control a la hora de realizar las aplicaciones.
Agroquímicos: el secretario de Agricultura designado cree que se “lograron consensos”
LETRA
En cuando a lo que dice el bosquejo de la Ley que tuvo conocimiento ERA Verde, uno de los puntos más controvertidos es el de las distancias permitidas para las fumigaciones. En el capítulo XIII, “De las Aplicaciones y sus Áreas”, el articulado apunta a un “contralor tecnológico”, con un “plazo de 3 (tres) años a partir de la entrada en vigencia” de la Ley “para que todos los equipos de aplicación de fitosanitarios terrestres y aéreos cuenten con estos dispositivos instalados en sus equipos”, y esto permita las tareas de fiscalización oficial.
En el artículo 37º, la normativa propone distinguir tres zonas a la hora de aplicar los agrotóxicos. “a) Zona de Exclusión, donde hay restricción absoluta para las aplicaciones de productos fitosanitarios de síntesis química; b) Zonas de Amortiguamiento, donde solo se podrán aplicar algunos productos fitosanitarios de forma condicionada y c) Zona de Libre Aplicación, donde no existirán restricciones para el uso de productos fitosanitarios”.
Para la primera zona, de exclusión, se establece “una restricción absoluta para la aplicación de productos fitosanitarios de síntesis química desde el límite de las áreas sensibles con asentamiento de personas, para equipos de accionamiento manual hasta un radio de 10 metros. Para aplicaciones de forma terrestre hasta un radio de 100 metros y para aplicaciones aéreas hasta un radio de 200 metros” (artículo 38º).
En los casos de la categoría b) de zonas de amortiguamiento, la legislación presenta esta consideración para lo que entiende son las “áreas sensibles”. En esta distinción ingresan dos subdivisiones. Una lo son las áreas con asentamiento de personas, como las escuelas rurales, viviendas, salas sanitarias y puestos policiales. En la otra se considera “a cursos naturales de agua permanente, áreas naturales o reservas reconocidas como tales por ley, granjas avícolas y apiarios debidamente registrados”. Bien, para las “áreas sensibles” con “asentamiento de personas”, esta “zona de amortiguamiento” va desde los 10 a los 30 metros la restricción “para aplicaciones con equipos de accionamiento manual, desde 100 metros hasta 300 metros del área sensible para aplicaciones terrestres, y desde 200 metros hasta 600 metros del área sensible para aplicaciones aéreas”, dice el artículo 40º.
También se estipula que “en el momento del tratamiento se debe contar con la presencia obligatoria del Asesor Fitosanitario de la empresa aplicadora y el tratamiento se debe realizar cuando las condiciones meteorológicas sean las adecuadas, siempre bajo las directrices de las Buenas Prácticas de Aplicación de Fitosanitarios. Deberá comunicarse fehacientemente a las autoridades con un mínimo de 48 horas de anticipación la aplicación y presentar la Receta Agronómica Digital correspondiente”.
Exigen discutir la Ley de Plaguicidas como un problema de salud pública
Las escuelas rurales igualmente tiene un apartado especial. Según se lee en el artículo 42º, las mismas están contenidas en lo que se denomina “área sensible con asentamiento de personas, sin embargo, para estas áreas corresponde considerar para aplicaciones terrestres una distancia de 150 metros medidos desde el perímetro de la escuela para delimitar la zona de exclusión, siendo para aplicaciones aéreas la distancia de 500 mts, medidas desde el perímetro del establecimiento educativo. A partir de esta distancia se considera una zona de amortiguamiento que va desde el límite de la zona de exclusión (150 mts del perímetro) a 500 mts. para equipos terrestre; desde el límite de la zona de exclusión para equipos aéreos (500 mts del perímetro de la escuela) hasta los 3000 mts”. Asimismo, “en esta zona solo se podrán aplicar productos fitosanitarios de categoría toxicológica III y IV, azul y verde respectivamente; siendo zona de libre aplicación la que corresponde a continuación de las distancias consignadas. En estos casos se podrán aplicar productos de todas las categorías toxicológicas. Asimismo, en la zona de amortiguamiento se debe dar copia de la Receta Agronómica Digital al director del Establecimiento para que se tomen los recaudos establecidos por la Autoridad de Aplicación en la reglamentación correspondiente. En el perímetro de la escuela se deberá promover a través de la Autoridad de Aplicación la implantación de cortinas vegetales, cuyas especificaciones técnicas se determinarán en las normas reglamentarias de la presente ley”.
Agroquimicos E26117-30112022 by ERA Verde on Scribd
De la Redacción de ERA Verde