La Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial de San Nicolás, provincia de Buenos Aires, confirmó una sentencia que obliga a la empresa Naviera Lojda SA a recomponer integralmente el humedal del Paraje Paso del Tonelero, en Ramallo. El fallo ratifica lo resuelto en primera instancia en julio pasado, tal como informó ERA Verde. La decisión fue calificada por abogados de los vecinos litigantes como “ejemplar en materia ambiental” y que “marca un precedente clave en la defensa de los humedales del Paraná y en la aplicación efectiva del artículo 41º de la Constitución Nacional, que consagra el derecho a un ambiente sano”.

Ramallo: Condenan a Naviera Lojda SA a recomponer el daño ambiental en el paso natural “El Tonelero”

La Justicia bonaerense ratificó en cámara la recomposición del humedal dañado en un territorio público recuperado en Ramallo. El proceso se inició hace más de una década, cuando un grupo de vecinos del Tonelero promovieron una acción de amparo ambiental y recomposición contra Naviera Lojda SA. Patrocinados legalmente por María Gimena Viviani, denunciaron que la empresa había rellenado extensas áreas de bañados y vegetación nativa, elevando el nivel del terreno y construyendo un muelle privado sin autorización ambiental. Los estudios periciales determinaron que el ecosistema original fue arrasado bajo miles de metros cúbicos de material dragado del río Paraná, con pérdida total de flora autóctona, desplazamiento de fauna y alteración del equilibrio hidrológico. “El ecosistema existente antes del relleno se perdió totalmente bajo el material vertido”, concluyó la pericia ambiental de Guillermo Cuadranti, citada en la sentencia.

 

RESPONSABILIDAD

 

La resolución judicial ordena a la empresa Naviera Lojda SA a presentar un plan integral de recomposición ambiental en un plazo de 60 días, supervisado por el Ministerio de Ambiente bonaerense. También a restaurar la morfología natural del humedal en el término de un año. Además, se impone el cese inmediato de toda actividad industrial en la zona y la remoción del material de relleno, con apercibimiento de astreintes (multas) y comunicación a la Justicia Penal en caso de incumplimiento. La Cámara recordó que la recomposición in natura es la forma principal de reparación ambiental, prioritaria frente a cualquier compensación económica, señalaron desde la demanda a ERA Verde.

 

Los jueces Fernando Kozicki, Amalia Fernández Balbis y José Javier Tivano sostuvieron que el fallo se apoya en los principios preventivo y precautorio del derecho ambiental, así como en el deber intergeneracional de protección de los bienes naturales comunes. “La libertad económica no puede ejercerse a costa de los ecosistemas que sostienen la vida”, señala uno de los pasajes del voto mayoritario. El tribunal también citó jurisprudencia reciente sobre humedales del Delta, destacando su alto valor ecológico, social y cultural.

“El caso Paso del Tonelero se convierte en uno de los fallos más relevantes del año en materia ambiental en la provincia de Buenos Aires. Además de sancionar una conducta ilegal, restituye el sentido público de los humedales como bienes comunes que deben preservarse frente a la expansión industrial”, destacaron desde las organizaciones locales y especialistas que valoraron que la decisión “devuelve al río y a la comunidad un espacio que había sido usurpado por la empresa denunciada que además causó degradación ambiental, y sienta un precedente replicable para otros puntos críticos de la cuenca del Paraná y el Litoral argentino”.

 

Desde el equipo legal, María Gimena Viviani y Fabián Andrés Maggi, sostuvieron que “con esta decisión, la Justicia bonaerense afirma que la recomposición ambiental no es una concesión sino una obligación legal y moral. El Tonelero, escenario histórico y natural del Río Paraná, símbolo de soberanía nacional, vuelve así a ocupar un lugar central en la defensa de los humedales, recordando que no hay desarrollo posible sin respeto por la naturaleza que lo sustenta.

 

De la Redacción de ERA Verde