La reserva municipal de San José en el departamento Colón estaba amenazada por el proyecto impulsado desde la intendencia que pretendía instalar un complejo de canchas de fútbol en el lugar. La idea era ceder parte del espacio al Club San Martín de esa ciudad para que instale campos de deportes, cantina y sede social en el corazón de un sector de humedales. La Asociación Civil Arroyo “Perucho Salvaje” interpuso un recurso judicial para evitar el desguace de ese sector de anegadizos que integra la cuenca del río Uruguay y el Área Natural Protegida provincial Arroyo Perucho Verna. Tras dictaminar una medida pre cautelar para no intervenir en el terreno, la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 2 de Concepción del Uruguay determinó que la reserva se encuentra amparada por una ordenanza vigente. Asimismo, en el escrito al que accedió ERA Verde, se instó las autoridades a que elabore un plan de manejo exigido por la normativa.

“Exhortar al Municipio de San José, para que, en ejercicio de su poder de policía en la materia, proceda a proyectar y confeccionar el plan de manejo exigido por la ordenanza de creación de la reserva y a dar estricto cumplimiento con el resto de los requerimientos impuestos por su régimen”, señala el punto 4º de la resolución firmada por Mariano Alberto López y Federico José Lacava en su carácter de presidente y vocal respectivamente de la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 2 de Concepción del Uruguay. Los magistrados determinaron así efectuar un llamado a las autoridades comunales en el expediente por el cual la Asociación Civil “Arroyo Perucho Salvaje” accionó contra la Municipalidad con una medida cautelar de prohibición de innovar sobre la Reserva Los Teros. La ONG había recurrido a la Justicia por un proyecto impulsado oficialmente por el cual se aspiraba a desafectar un terreno que integra el área protegida con el objeto de cederlos para la construcción las canchas de fútbol del Club Social y Deportivo San Martín del Pueblo El Colorado Asociación Civil.

La Justicia ordenó al municipio de San José que no altere la Reserva Los Teros

De este modo, en un fallo firmado este 24 de febrero, López y Lacava entendieron que no debían hacer lugar a la medida cautelar ya que, según sus fundamentos, “no albergamos duda que la cautela requerida resulta redundante, toda vez que el efecto pretendido –prohibición de que el club ocupe y desarrolle actividades deportivas en el predio- se encuentra expresa y directamente amparado por una disposición legal específica”: la ordenanza Nº 29/2012. Se hace referencia asimismo que rige “una prohibición absoluta para realizar actividades como las pretendidas por la entidad deportiva, recordando que la propia ordenanza ha calificado de falta grave la infracción de esa veda”, sostienen el escrito.

 

La Cámara en los argumentos agrega que “lo cierto y real es que el Parque Natural Municipal asiento de la reserva se encuentra amparado por el régimen legal que la vio nacer, es decir, por una ordenanza municipal que goza de vigencia y que cabe presumir de legítima hasta tanto un juez competente declare su invalidez constitucional o legal, recordando que no es esta sede cautelar el ámbito en donde se puede controvertir aquella presunción”, se indicó. “Lo importante es que se reconoce que el inmueble es la de Municipalidad y no del Club San Martín”, apuntó a ERA Verde el abogado litigante y presidente de la Asociación Civil, Gustavo Velzi.

 

Los jueces también observan que el municipio no ha cumplido con las exigencias impuestas para el área natural protegida. “Por consiguiente, exhortamos al Municipio de San José a que, con la premura del caso, proceda a proyectar y confeccionar el plan de manejo exigido por la ordenanza de creación de la reserva y a dar estricto cumplimiento con el resto de los requerimientos impuestos por su régimen, no solo por haber legalmente asumido ese compromiso, sino por ser el Estado –en cualquiera de sus manifestaciones– el primer obligado a preservar el ambiente”, se afirmó.

 

ANTECEDENTES

 

Cabe recordar entre las circunstancias que preceden el caso se tiene que, en julio de 2023, el presidente municipal de San José, Gustavo Bastián, solicitó a Concejo Deliberante local que analice la desafectación de terrenos municipales que conforman “Reserva Ecológica Educativa Los Teros”, sede de la Escuela Secundaria Nº 10 “Juan B Alberdi” y cabecera del Área Natural Protegida Arroyo Perucho Verna. Entonces, el jefe comunal que obtuvo una renovación de su mandato, planteó la idea de otorgar parte del sector protegido al Club San Martín para que allí instale sus canchas de fútbol, salón de fiestas y área de bochas.

 

El plan desató resistencia entre vecinos y la Asociación Civil Arroyo Perucho Salvaje, que finalmente recurrió a la Justicia. Fue luego de un episodio ocurrido a fines de enero de 2024, cuando un grupo de barras y fanáticos del club irrumpió en el predio natural para realizar un desmalezado con objetivo de ocupar el lugar.

 

El intendente de San José quiere canchas de fútbol en una reserva provincial

Los Teros Sentencia de Camara by ERA Verde

 

De la Redacción de ERA Verde