Por Cecilia Domínguez (*). La polémica decisión –a total contramano de la Convención de los Derechos del Niño– expone a menores de edad a daños físicos y psicológicos. La disposición lleva la firma del subsecretario de Asuntos Agrarios de La Pampa, Ricardo Baraldi y la subsecretaria de Industria, Comercio y Pymes, Vanina Fernández.

 

La Disposición Nº 55 de la Dirección de Recursos Naturales de La Pampa fue publicada en el Boletín Oficial el pasado 8 de marzo y causó una gran controversia e indignación. La misma autoriza a cazadores a trasladar en el mismo vehículo “a menores de edad que no hayan cumplido los 18 años, estos últimos […] acompañados por uno de sus padres, su representante legal o un tercero autorizado”.

 

Esta disposición de repugnante. Cuando los niños crecen naturalizando la violencia hacia los animales no humanos, pierden los frenos inhibitorios y se desarrollan siendo proclives a cometer actos de crueldad hacia otros seres humanos y no humanos.

 

Los niños a esa edad se encuentran en un proceso de crecimiento y desarrollo que resulta óptimo para incorporar parámetros de conducta basados en el respeto y empatía hacia un ser vivo inocente y no en cometer actos de maltrato y crueldad animal que puedan afectar su desarrollo cognitivo.

 

La exposición a los niños a actos de crueldad animal como la caza no solo les produce un daño a su integridad psicológica sino también implica un enorme riesgo a su integridad física.

 

(*). Abogada del Centro para el Estudio y Defensa de las Aves Silvestres (Ceydas).