La Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAAA) solicitó al Gobierno Nacional el acceso a la información ambiental completa sobre las recientes modificaciones en el contrato de concesión de la Vía Navegable Troncal del río Paraná que dispone mayores profundizaciones y ensanchamientos del canal de la denominada hidrovía.
La solicitud de la entidad ambiental se ampara en el derecho de acceso a la información pública garantizado por la Ley Nacional 25.831 y el Acuerdo de Escazú, que establece el deber de brindar información ambiental de forma oportuna y accesible a toda la ciudadanía. El pedido se efectúa “en un contexto de crisis hídrica y ambiental en el río Paraná”, sostuvieron en un comunicado al que accedió ERA Verde.
ESCENARIO CRÍTICO
“La transparencia en el manejo de la Vía Navegable Troncal del Paraná es esencial para garantizar un uso sostenible de este recurso vital para la región. La cuenca del Paraná, que atraviesa varias provincias y es clave para el ecosistema y la economía nacional, enfrenta actualmente una de sus peores bajantes registradas, lo cual afecta el suministro de agua potable y la salud de los humedales y ecosistemas asociados. El acceso a la información sobre el contrato de concesión permite que la sociedad y las organizaciones tengan claridad sobre las implicancias de las decisiones gubernamentales para la cuenca, la biodiversidad, y la calidad de vida en las comunidades locales”, se argumentó en el pedido dado a conocer por la AAAA.
En cuanto el marco legal que sustenta la acción de acceso al derecho ciuadano se fundó en la Ley 25.831, de régimen de derecho de acceso a la información ambiental, que establece que cualquier persona o entidad puede solicitar información sobre el ambiente sin tener que justificar un interés especial. “Esta ley, junto con el Acuerdo de Escazú, firmado por Argentina, promueve el acceso libre y transparente a información ambiental relevante para la sociedad”, se recordó desde la entidad.
Los abogados enfatizaron que “también que el acceso a esta información es indispensable para la participación ciudadana en políticas públicas, ya que los ciudadanos tienen derecho a conocer y comprender las decisiones que afectan su ambiente y su calidad de vida. El Acuerdo de Escazú establece el “Principio de Máxima Publicidad”, que indica que el Estado debe ofrecer proactivamente esta información y ponerla a disposición pública, en un formato accesible y claro”.
DETALLES
En cuanto a la información solicitada sobre la Vía Navegable Troncal, específicamente se requirió “la entrega del texto completo del contrato de concesión del río Paraná y todas sus modificaciones, además de los anexos de la Disposición 24/2024, los cuales no son publicados con el texto de la Disposición que los referencia, pero reiteramos, no son publicados de manera íntegra y accesible. Lo expuesto se manifiesta accediendo en el Boletín Oficial. Esta información es fundamental para comprender el alcance e impacto de las modificaciones introducidas”, se argumentó.
En ese sentido, se solicitó “especialmente la totalidad de los anexos obrantes en el expediente, ya que en el propio Boletín Oficial al final mencionan que ‘NOTA : El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.’”
Se recordó que “La falta de acceso a esta información pública es una barrera a la participación de la ciudadanía en el control de decisiones estratégicas que afectan a un bien común. En caso de recibir una respuesta incompleta o falta de respuesta, la Asociación formulará la correspondiente reserva de acción judicial”.