En la sesión del Concejo Deliberante de la capital entrerriana de este 8 de septiembre se aprobaron una diversidad de proyectos entre los que se encuentran el denominado “electromovilidad”, que regula la “a circulación en la vía pública de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP)”, entre los que se encuentran bicicletas y monopatines impulsados por energía eléctrica. Entre los requisitos para los usuarios se establecieron medidas de seguridad, edad mínima de 16 años, obligación de circular por las bicisendas en las arterias que tuvieran esta delimitación y seguro obligatorio, según se lee en el texto al que accedió ERA Verde. También se crea un registro obligatorio donde los usuarios deberán inscribir sus datos y los del vehículo utilizado. También se aclara a los usuarios que “se prohíbe la conducción de los VMP bajo los efectos del consumo de drogas y/o alcohol, cualquiera sea su nivel de concentración en el organismo”.

 

Los ediles de Paraná aprobaron dos proyectos referidos a la electromovilidad en la ciudad. El primero de ellos fue impulsado por la concejala Luisina Minni (PJ) y tiene por objeto regular la circulación en la vía pública de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), con el objeto de garantizar la seguridad vial “promoviendo una armónica convivencia entre los diferentes actores del tránsito”, se argumentó.

 

En el articulado se establece las características y condiciones de los VMP que alcanza a “las denominadas bicicletas eléctricas o e-bike, monopatín eléctrico, monociclo eléctrico, hoverboard, segway, motocicletas eléctricas” (artículo 1º). También que se entiende que estos vehículos poseen “una o más ruedas destinado al traslado de personas, autopropulsado por motorización eléctrica o cualquier otro tipo de motorización limpia y alternativa, cuya velocidad máxima no supere los 40 km/h y la potencia máxima no supere los mil quinientos (1500) Watts”.

 

En este marco, se establecen condiciones de seguridad mínimas para la circulación (artículo 4°) donde figuran: “a) Sistema de freno eficaz; b) Sistema de iluminación que conste de luces delanteras y traseras visibles y funcionales durante la noche o en condiciones de baja visibilidad; c) Sistema de alerta sonora”. Asimismo, se instruye “elementos de seguridad personal” obligatoria para circular (artículo 5°): “casco de protección homologado y elementos de visibilidad reflectivos en la ropa, casco y/o accesorios”. También ha una edad mínima: “no podrá ser inferior a los dieciséis (16) años”.

DROGAS, NO

 

La ordenanza indica que a la hora de reglamentarse se “exigirá” una Licencia de Conducir habilitante. Los usuarios deberán tener en cuenta que “de manera obligatoria” deberán circular “por las ciclovías o bicisendas, en caso de que la arteria cuente con dicha infraestructura. Ante la ausencia de carriles exclusivos, circularán por el margen derecho de la calzada, en el sentido del tránsito y sin obstaculizar la circulación vehicular ni peatonal” (artículo 7°).

 

Por otra parte, para poder utilizar estos VMP se deberá contar “con un seguro de responsabilidad civil vigente que cubra los daños y perjuicios que pudieren ocasionar a terceros con motivo de su utilización”. Quedará prohibido (artículo 9°): “transportar carga, animales” u otras personas, así como “no podrán circular por aceras, zonas exclusivas para peatones, plazas, parques, rutas, autopistas, semiautopistas, accesos, ni por aquellas calles, avenidas y bulevares expresamente prohibidos por la autoridad de aplicación”.

 

Algo importante. También a los usuarios se les restringen los dispositivos electrónicos. “Se prohíbe el uso de teléfonos móviles, auriculares o cualquier otro sistema de comunicación, imagen o sonido que distraiga la atención del conductor”. Y por las dudas, se aclara, tampoco el “consumo de alcohol y drogas”.

 

Por último, se establecen sanciones y un Registro de Vehículos de Movilidad Personal, donde se deberán cargar datos de los usuarios y detalles del vehículo que utiliza.

 

El restante proyecto relacionado pertenece al concejal Emiliano Gómez Tutau (PJ) y a través del mismo se crea el Programa Municipal de Promoción de Infraestructura para la Electromovilidad, destinado a promover la conformación progresiva de una Red Urbana de Carga mediante incentivos dirigidos al sector privado para la instalación de infraestructura destinada a la recarga de vehículos eléctricos e híbridos enchufables.

 

Los objetivos planteados en el proyecto son: promover la transición energética y la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en el transporte urbano; estimular la inversión privada en infraestructura de movilidad sustentable; posicionar a Paraná como una ciudad atractiva para el turismo sustentable y la electromovilidad regional; y promover una red distribuida de infraestructura de carga.

 

De la Redacción de ERA Verde