Un incendio intencional en la Reserva Biprovincial Mocoretá, al noreste de Entre Ríos y sureste de Corrientes, es objeto de investigación de la Dirección de Áreas Naturales protegidas. De acuerdo a lo que trascendió, se trataría de un siniestro provocado, por lo cual se abrió un expediente para determinar el origen y responsabilidades, se confirmó a ERA Verde. Se recordó que para realizar este tipo de prácticas con fines de producción ganadera se debe tramitar un permiso correspondiente.
La veda total de iniciar quemas en Entre Ríos se extendió desde el 1 de diciembre del año pasado al 30 de marzo del 2026 inclusive. Fuera de este período, se debe realizar una solicitud de autorización de modo que esté controlado. Esto se recordó desde Áreas Naturales Protegidas de Entre Ríos a propósito de un incendio que se produjo en la Reserva Mocoretá, al norte de la provincia. En este lugar protegido que se comparte con Corrientes, a unos 10 kilómetros de Chajarí, se detectaron distintos focos ígneos este 25 de junio por la tarde.
Los indicios que se trataba de un hecho provocado lo dieron tres columnas de humo que se observaban dese el horizonte donde se apreciaba una extraña distancia sí, mencionó el vecino que dio aviso a Bomberos de Mocoretá que apuntó que el fuego era avivado por importantes ráfagas de viento que se producían en ese momento.

PEDIDO
En diálogo con ERA Verde, el director de Áreas Naturales Protegidas, Pablo Aceñolaza, sostuvo que se realizó un acta y abrió un expediente para determinar el origen y responsabilidad. “Los incendios en esta época del invierno son intencionales, no hay mucho margen para otra cosa. Con los pastos secos, gente que ingresa ganado, lo que hace es quemar para disminuir reducir materia orgánica seca y propiciar que crezca una vegetación palatable (para el consumo de ganado). Es una práctica conocida, pero no autorizada”.
El funcionario recordó que la solicitud de autorización para realizar una quema controlada se tramita ante la Secretaría de Ambiente a través de un formulario en línea por internet. La Ley provincial Nº 9.868/08 de Manejo del Fuego prohíbe estas maniobras a excepción que se apruebe ante la autoridad. Se “autoriza solamente quemas controladas, con autorización previa de la misma y bajo estricta supervisión en función de parámetros ambientales y climáticos previamente definidos”, se indicó. “A partir de esta solicitud se emprende un proceso para poder controlar el hecho y que esa quema no se transforme en un incendio”, agregó Aceñolaza. Esta regulación abarca predios fuera de ejidos municipales. No está comprendido para la normativa el área natural del Delta donde rige prohibición absoluta.
Se recordó que “toda quema que se realiza sin autorización configura una infracción a la Ley 9.868 en su artículo 2º y es pasible de una multa monetaria que va desde 1 a 15.000 sueldos básicos de la categoría 10 del escalafón general de la provincia”.
De la Redacción de ERA Verde
